LAVADO DE DINERO
La UIF dispuso nuevas medidas para prevenir el lavado de activos
El organismo estableció responsabilidades y facultades para supervisar a los sujetos obligados a reportar operaciones sospechosas.
A través de la resolución 229, el organismo reglamentó la colaboración del Banco Central de la República Argentina (BCRA), la Comisión Nacional de Valores (CNV), la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) y el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) en tal supervisión.
La norma de la UIF establece que los organismos reguladores "deberán brindar toda la colaboración necesaria a efectos de evaluar el cumplimiento de la normativa antilavado por parte de los sujetos obligados".
Las supervisiones, fiscalizaciones e inspecciones, indica la Unidad antilavado, "deberán seguir un enfoque basado en riesgo, que incluya el desarrollo de una matriz referida al sector económico supervisado, todo lo cual deberá quedar establecido en el Manual de Procedimiento del organismo".
La resolución dispone, además, que las inspecciones in situ se clasificarán en integrales, destinadas a verificar el cumplimiento de la totalidad de las políticas y procedimientos de las obligaciones; y específicas, para verificaciones puntuales.
Fuente: Télam