La justicia ordena actualizar un haber jubilatorio ante "el irrazonable tiempo que insume el proceso judicial"
Un tribunal ordenó actualizar el haber jubilatorio de un septuagenario porque "el irrazonable tiempo que insume el proceso" judicial significa un "grave daño" para esa remuneración, que tiene carácter "alimentario".
El singular fallo fue dictado poco antes de la feria judicial por la Sala Segunda de la Cámara de la Seguridad Social, ante el reclamo de un hombre de 73 años.
Los jueces Luis Herrero, Emilio Fernández y Nora Dorado dispusieron mediante una medida cautelar "el goce inmediato, íntegro y provisorio de la garantía de movilidad de su prestación jubilatoria", hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo, es decir el juicio previsional propiamente dicho.
La medida, una suerte de anticipación al resultado final del juicio, fue adoptada por la Cámara porque "es público y notorio el irrazonable tiempo que insume el proceso previsional y el grave daño que esta demora propina al derecho de naturaleza alimentario".
La ANSES había objetado la medida cautelar y reclamó que el pago del haber actualizado con la "movilidad" consagrada por la Corte Suprema en el "Caso Badaro" sólo fuera efectivizado a la finalización del juicio.
Pero el septuagenario replicó que podría "no hallarse con vida cuando la justicia le reconozca la integridad de su preciado derecho alimentario". El fallo establece que el jubilado pasará a percibir mensualmente su haber actualizado, y deja para la resolución final del juicio una eventual paga por los salarios atrasados desde el momento en que inició la demanda.(DyN)