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APLICACION TRIBUTARIA S.A.


RESUMEN DE NOTICIAS 6/5/98

-Ambito Financiero 6/5/98-

-Ambito Financiero 6/5/98-

-Ambito Financiero 6/5/98-

-Ambito Financiero 6/5/98-

-Ambito Financiero 6/5/98-

-Clarín 6/5/98-

-Clarín 6/5/98-


LEGISLACIÓN

Novedades Impositivas

 

Resolución General Nº 132 (B.O. del 06/05/98)

RÉGIMEN DE ANTICIPOS DE LOS IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y SOBRE LOS BIENES PERSONALES. FONDO PARA EDUCACIÓN Y PROMOCIÓN COOPERATIVA.. Período fiscal 1998.

Esta resolución general modifica los porcentajes y cantidad de anticipos a ingresar por estos impuestos, de la siguiente forma:

Anticipo N°

Porcentaje

Mes de Vencimiento

1

30%

Junio 1998

2

20%

Agosto 1998

3

20%

Octubre 1998

4

20%

Diciembre 1998

 

Mes de Vencimiento

Porcentaje

Junio de 1998

17 %

Julio de 1998 a Marzo de 1999

8,5 %

 

Terminación C.U.I.T.

Vencimiento

7, 8 ó 9

día 13

4, 5 ó 6

día 14

0, 1, 2 ó 3

día 15


 

CONSULTAS

Impositivas

 

1) La modificación a los porcentajes para el cálculo de anticipos de personas físicas, ¿afecta el importe mínimo a partir del cual hay que ingresar los anticipos?

No, el importe a partir del cual corresponde ingresar los anticipos sigue siendo $ 100. Por lo tanto, si el 1º anticipo supera este monto y los demás no, se deberá ingresar sólo el 1º anticipo.

 

1) Una sociedad anónima que cerro ejercicio en marzo de 1997, ¿qué ingresos y gastos debe tomar para calcular los coeficientes unificados para el período fiscal 1998?. Además ¿cuándo vence la DD.JJ. anual?

Los ingresos y gastos a tomar para determinar los coeficientes unificados son los que surgen del último balance cerrado en el año calendario inmediato anterior, en este caso ejercicio cerrado en marzo de 1997.

La DD.JJ. vence el día 15 de mayo