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ANSES: "Actualmente estamos trabajando en los proyectos previstos para este año"
ENTREVISTA | ANSES /
Miércoles, 31 de marzo de 2010
/ eLeVe
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En una entrevista exclusiva con eLeVe, funcionarios de distintas áreas de ANSES brindarón información sobre la realidad actual del organismo y dieron respuesta sobre algunos de los temas que tanto interés despiertan hoy en la opinión pública, como son la Asignación Universal por Hijo y la situación actual de los ex afiliados a las AFJP.
¿En que etapa se encuentra el “Plan Estratégico 2009-2011”?
El Plan Estratégico 2009-2011 es la consecuencia de una profunda tarea de revisión de las actividades clave de ANSES con el fin de mejorar los procesos, prestaciones y servicios que se brindan a la ciudadanía. Actualmente, estamos trabajando en los proyectos previstos para este año, de acuerdo al cronograma aprobado mediante una resolución en enero último.
¿Cuales son las principales inquietudes suscitadas con la implementación de la Asignación Universal por hijo?
De acuerdo con los datos relevados de las consultas recibidas a través de la línea gratuita 130, y de las inquietudes planteadas en las oficinas de atención al público, podemos destacar que las primordiales están relacionadas con la incompatibilidad del cobro de esta asignación con algún plan o programa social municipal, provincial o nacional. Además, surge la duda con respecto al cobro de esta asignación por parte de aquellos padres que perciben una pensión no contributiva, otorgada por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. En este caso, el cobro de la asignación también es incompatible.
También consultan madres que tienen la tenencia de los niños y desconocen el paradero de sus padres y no reciben esta asignación. En estos casos, no se paga porque el padre figura empleado y beneficiario de las asignaciones familiares, de acuerdo al resultado del cruce de datos de las bases manejadas por ANSES. Recomendamos en estos casos que las madres recurran a la justicia en reclamo de que se cumplan las obligaciones económicas con relación a sus hijos. Aquellos extranjeros que no poseen DNI, no podrán percibir este beneficio.
Asimismo, recibimos muchas consultas relacionadas con la implementación de la Libreta de Seguridad Social, Salud y Educación. Por ejemplo, para aquellos que no la recibieron al 30 de abril, el padre o tutor deberá llamar al número gratuito de ANSES 130, o bien, enviar un mensaje de texto con la palabra LIBRETA + el Nº de DNI de su hijo + F ó M (sexo) al 26737, donde se le informará los pasos a seguir. Otra opción, es acercarse a la delegación de la ANSES más cercana a su domicilio con su DNI.
Otra consulta frecuente es si los hijos discapacitados mayores de edad también deben cumplir con los requisitos de la libreta, en estos casos no hay límite de edad para percibir este beneficio.
¿Qué función cumple la “Libreta de Seguridad Social, Salud y Educación”?
La Libreta de Seguridad Social, Salud y Educación es un documento donde los beneficiarios certificarán la concurrencia obligatoria de los niños y adolescentes a los establecimientos educativos, y el cumplimiento del calendario de vacunación y los controles sanitarios correspondientes.
La presentación de la Libreta será condición obligatoria para continuar percibiendo la Asignación Universal por Hijo para Protección Social todos los meses y percibir el 20% acumulado de las sumas retenidas.
Los adultos responsables recibirán en sus domicilios una Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación por cada niño, niña o adolescente (de 0 a 17 años) que esté bajo su titularidad y que sea beneficiario de la Asignación Universal por Hijo. Cada menor contará con una Libreta a su nombre.
¿Qué tiempo tienen los ex afiliados a las AFJP para definir el destino de los aportes?
Los afiliados que realizaron aportes voluntarios al ex régimen de Capitalización ahora tienen plazo de 60 días corridos para ejercer la opción, contando a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del listado de las ex AFJP con el cambio de su objetivo social aprobado.
De esta forma, podrán definir si esos recursos permanecen en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), o si pasan a ser manejados por la Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) que reconvierta su objeto social para tal fin.
¿Cuáles son los pasos que deben seguir quienes decidan mantener sus aportes en ANSES?
Los afiliados que deseen mantener sus aportes en ANSES no tienen que realizar trámite alguno, únicamente deberán ejercer la opción aquellos afiliados que decidan que sus aportes sean derivados a las ex AFJP reconvertidas. De no realizar ninguna opción en los tiempos establecidos, automáticamente sus aportes serán derivados al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) administrado por este organismo.
¿Cómo funciona el “Sistema Único de Asignaciones Familiares” (SUAF)?
El SUAF es el procedimiento por el cual ANSES liquida y abona las asignaciones familiares en forma directa a los trabajadores bajo relación de dependencia y beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART)
Este sistema suplantará en julio al Sistema de Fondo Compensador en el cual las asignaciones familiares son abonadas por el empleador y posteriormente, si el monto liquidado por este concepto supera las contribuciones patronales efectuadas, deberá solicitar el reintegro a ANSES. Una maniobra de fraude común es el armado de empresas fantasmas. Estos falsos empleadores reclutan a personas desocupadas o sin una relación de empleo legal, pero con abultadas cargas de familia, con el objetivo de generar el cobro de las asignaciones familiares. Sin embargo, les ofrecen sólo una pequeña parte del importe original de la asignación familiar y se quedan con el resto del dinero
En SUAF, los trabajadores perciben sus asignaciones familiares en los bancos, correos, o mediante la acreditación en una cuenta bancaria, que puede ser la misma cuenta sueldo. Así, los empleados se aseguran la percepción de sus cargas de familia en tiempo y en forma. Además, el Estado Nacional le quita a los empleadores la carga financiera y administrativa que significa el pago de estos beneficios.
¿De qué manera pueden incorporarse las empresas a este sistema?
Entre marzo y julio del presente año, se incorporarán automáticamente al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) a aquellos empleadores que aún no se encuentren incluidos en este sistema. De esta forma, se dejará definitivamente de lado el Sistema de Fondo Compensador.
¿Cómo se deberán calcular las jubilaciones de los empleados en relación de dependencia a partir de este mes?
Los beneficios se liquidan en forma habitual con la movilidad establecida para el mensual marzo/10, según corresponda. A las jubilaciones derivadas de la Ley general, será del 8,21 %; de Luz y Fuerza, el 9,22 %; y para los docentes, del 0,98%.
Por Ángeles Bellomo