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Monotributistas deberán informar las actividades económicas
Lunes, 22 de septiembre de 2008
/ eLeVe

A fin de optimizar la acción fiscalizadora y de homogeneizar la identificación de las actividades económicas desarrolladas, la Administración Federal de Ingresos Públicos estableció un régimen excepcional de información respecto de las actividades económicas, a ser cumplido por los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que reúnan determinados requisitos.

La medida fue dispuesta a través de la Resolución General Nº 2496 (B.O. del 22/09/2008).

A continuación, analizaremos los aspectos más relevantes de este nuevo régimen de información.

Sujetos obligados a cumplir con el régimen de información:

En una primera etapa, deberán cumplir con el régimen de información los monotributistas que: – Se encuentren obligados a adquirir el formulario Carta de Porte para el comercio de granos. – A partir del 1º de octubre de 2008 se encuentren encuadrados en las categorías “D” o “E” del Monotributo, sea por inicio de actividades o recategorización correspondiente al segundo cuatrimestre de 2008.

Información a suministrar:

Los pequeños contribuyentes obligados deberán informar las actividades económicas que desarrollan. Consecuentemente, deberán: – Ratificar las actividades oportunamente declaradas. – Modificar las actividades oportunamente declaradas. A tal efecto, se deberán tener en cuenta las actividades detalladas en el nomenclador de actividades F. 150 –Resolución General Nº 485 (A.F.I.P.)–.

Procedimiento a seguir:

A fin de dar cumplimiento al régimen de información, los pequeños contribuyentes deberán ingresar a la página web de la A.F.I.P., con C.U.I.T. y Clave Fiscal al servicio “Padrón Único de Contribuyentes” y dentro de éste a la opción “Actividades Económicas”. Efectuado el ingreso al sistema, el contribuyente podrá consultar las actividades disponibles, debiendo seleccionar la correspondiente a la actividad económica que desarrolle.

Vencimiento:

Los contribuyentes tendrán plazo para cumplir con el régimen de información hasta las siguientes fechas:

SujetosVencimiento
Obligados a adquirir el formulario Carta de Porte para el comercio de granos15/10/2008
Comprendidos en las categorías “D” o “E”17/11/2008

Por Cdra Analía Santos Romero

Exclusivo para ELeVé

Santos Romero egresó en 2002 como contadora pública nacional de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora (UNLZ). Actualmente, se desempeña como secretaria de redacción y asesora impositiva de Aplicación Tributaria S.A.

La autora lleva publicado numerosos artículos sobre temas impositivos y laborales. Además, es autora del libro "Guía de Trámites Básicos" e "Inmuebles" (Editorial Aplicación Tributaria S.A. 2007)

Junto a la cdora Lorena De Luca, la autora escribió el libro Agentes de Recaudación que salió recientemente a la venta.