AFIP lanza un nuevo régimen de inscripción para la reducción de impuestos en combustibles

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) pone en marcha un nuevo "Régimen de operadores de combustibles exentos y/o con tratamiento diferencial por destino geográfico”, establecido por la Ley de Impuestos. Los beneficiarios deberán actualizar su información fiscal para la comprobación de una "correcta disminución" en el valor de comercialización.

A través de la Resolución 4772, la entidad recaudadora oficializó el sistema digital que "condiciona tanto la habilitación de los responsables para intervenir con el beneficio exentivo -total o parcial- y/o de reducción de impuestos como la posterior comprobación de destino de los productos".

Entre los nuevos requisitos, se detalla que los sujetos alcanzados solicitarán "en función de la actividad que desarrollan, renovación a los descuentos obtenidos", mientras que para quienes eleven la primera inscripción podrán hacerlo dentro de seis categorías:

- Productores;

- Distribuidores;

- Almacenadores;

- Adquirentes (Estaciones de servicios - Revendedores minoristas - Establecimientos industriales - Establecimientos dedicados a la actividad primaria);

- Empresas prestadoras de servicios para actividades conexas a la explotación hidrocarburífera y/o desarrollos de infraestructura; Empresas de transporte en general -por el consumo de combustibles en las unidades afectadas a la prestación de tales servicios.

Además, los nuevos ingresantes deberán tener actualizada la información respecto de las actividades económicas que efectúan, declarar y mantener actualizad el domicilio fiscal, así como los domicilios de los locales, contar con Domicilio Fiscal Electrónico, y no estar incluido en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales. También se suma el haber presentado las declaraciones juradas (DDJJ) del impuesto al valor agregado y de los recursos de la seguridad social correspondientes a los DOCE (12) últimos períodos.

El trámite de inscripción se gestionará por medio de la web oficial de Afip , en la opción “Régimen de operadores de productos exentos por destino y/o con impuestos diferenciados”

"El usuario deberá completar los datos requeridos por el sistema y adjuntar por cada uno de los domicilios a autorizar, la documentación que, conforme al carácter que reviste el solicitante, se detalla en el Anexo II de la presente resolución", detalla el texto oficial.

Fuente: BAE Negocios