INFORMACIÓN GENERAL

Agricultura profundiza controles a empresas de agroalimentos

Las autoridades agropecuarias profundizarán los controles y requerirán nueva documentación técnica para autorizar la operación de las empresas que comercialicen y/o industrialicen alimentos y que deberán estar inscriptas en el Registro Unico de Operadores de la Cadena Agroalimentaria.

La medida fue dispuesta por el Ministerio de Agricultura, a través de la resolución 1052, publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del titular de la cartera agropecuaria, Norberto Yauhar.

A través de lo establecido por Agricultura, los operadores anotados en el mencionado registro deberán "acreditar toda la información" que será requerida oportunamente por las autoridades de control a instancias de los procedimientos de fiscalización a desarrollar "por un equipo técnico" dependientes del Ministerio de Agricultura.

Durante el desarrollo de las tareas de control, verificación y/o fiscalización, el equipo técnico podrá requerir documentación adicional y aclaratoria de parte de las empresas controladas, cuyo plazo de presentación no podrá exceder de los cinco días corridos.

Según lo dispuesto por Agricultura, la autoridad competente podrá resolver si aplica o no una medida cautelar, propuesta por la Decisión Administrativa 659 del 8 de agosto de 2012 y contará con un plazo máximo de diez días para elaborar un "Informe técnico" evaluatorio, el cual podrá ser objetado en lapso de cinco días.

Dentro del Régimen de Información establecido, los operadores deben remitir información detallada sobre Mercados de Granos, tales como detalle de movimientos y existencia física de los granos con destino al mercado interno o externo, y otros detalles como certificados de depósitos, compra-venta-liquidación, retiro o transferencia, y Cartas de Porte Emitidas y Recibidas, entre otra documentación.

Para el caso del Mercado de Carnes, se solicitará los listados de matanzas bovina, y de la faena y producción de carnes porcina, ovina, equina, caprina y aviar. También se requerirá precios de hacienda con destino a faena e información de pagos obligatorios por parte del IPCVA.

En el Mercado de Lácteos, los equipos técnicos y de control podrán solicitar datos del tambo y de actividad inscripta del mismo, además de cantidad y calidad de la leche comercializada.