ECONOMÍA

Auditan el precio del gasoil que cobran las petroleras

Ayer comenzaron las auditorías a las compañías petroleras para verificar que el valor del litro de gasoil entregado a los transportistas no supere al vigente en sus estaciones de servicio. Mediante una cautelar, la Comisión de Defensa de la Competencia advirtió que habrá penalizaciones.

A partir de ayer, la Secretaría de Comercio Interior envió a las estaciones de servicio y a las compañías de transporte un equipo de auditores para verificar que se cumpla con lo establecido en esta resolución. Además, la nueva normativa también establece que en el caso de que se detecte un caso de sobreprecios, la Secretaría de Comercio interior podrá aplicar la Ley de Abastecimiento (20.680).

Las multas pueden alcanzar hasta un millón de pesos diarios.

A través de una resolución de la Secretaría de Comercio Interior, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia tomó una medida “preventiva” para que las petroleras YPF, Shell, Esso, Petrobras y Oil combustibles no les vendan a las empresas transportistas el litro de gasoil a un valor superior al que les cobran a sus estaciones de servicio de bandera.

De esta manera, se avanzó en el control de la práctica comercial en el sector que suponga una “discriminación de precios” que beneficie a las estaciones de servicio en desmedro de las empresas transportistas, mientras investiga la denuncia que presentara el gobierno contra las compañías por “cartelización” y “abuso de posición dominante”.

El inciso K del artículo 2 de la Ley 25156 penaliza “las condiciones discriminatorias para la adquisición o enajenación de bienes o servicios sin razones fundadas”.

Esta es la conducta que quiere dejar sin efecto la comisión antimonopolio, garantizando que los valores en una zona geográfica determinaada sean los mismos para una estación de servicio de bandera que para las empresas transportistas.

“El precio que deberá ser tenido en cuenta será el que corresponda a las estaciones de servicio de bandera propia de cada una de las firmas denunciadas, que se encuentren dentro de un radio de 15 cuadras de cada uno de los centros de abastecimiento combustibles de las empresas de transporte público automotor de pasajeros”, explica la resolución.

En el caso de no haber estación de bandera propia en el radio mencionado anteriormente, se tomará como punto de referencia la estación de servicio de bandera propia más cercana al punto de combustible de las empresas de transporte.

Esta resolución será aplicable a las localidades con más de 50 mil habitantes y también para aquellas que tengan menos de 50 mil habitantes, en la que se tomará como referencia el precio de la estación de servicio en un radio de 50 kilómetros.

En cuanto a la denuncia contra las petroleras durante esta semana, Defensa de la Competencia convocó a directivos de YPF y, a partir de la semana entrante, citará a los declarar a al director comercial de la firma anglobritánica Shell.

Tanto desde YPF cuanto de Shell han rechazado las acusaciones de abuso de posición dominantes y cartelización que hizo el Ejecutivo. Sin embargo, fuentes de la comisión antimonopolio creen que “ya hay suficientes pruebas” para probar el abuso de posición dominante en perjuicio de las empresas transportitas.

Fuente: Ministerio de Economía