Avanza el balance digital para las empresas
Los balances en papel tienen los días contados. Más precisamente, desde la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce) confirmaron a iProfesional.com que se está avanzando en la diagramación de un modelo de estados contables digital. Puntos Importantes
Desde la CNV, el BCRA, la Bolsa de Comercio y la Federación de Consejos Profesionales se le da forma a un modelo de estados contables online.
Evalúan implementarlo junto a la adopción de las normas internacionales en 2011.
La implementación del nuevo formato permitirá a las empresas optimizar la tarea, y lo que aún es más importante, contar con un modelo de estados contables estándar que podrá ser presentado ante los múltiples organismos que lo requieran.
A fin de dar mayores precisiones, desde la federación que agrupa a los profesionales en Ciencias Económicas explicaron que la iniciativa denominada “Proyecto Central de Balances” involucra también a miembros de la Comisión Nacional de Valores (CNV), del Banco Central (BCRA) y de la Bolsa de Comercio
Asimismo, desde la Facpce confirmaron la realización de múltiples reuniones en las que se avanzó en la diagramación del modelo online. “El equipo, integrado por un sector técnico contable y uno informático, tiene como objeto resolver la elaboración de un proyecto de implementación de una formula única de balance, desarrollado en forma digital, ya no en papel”, aseguraron desde el organismo.
Si bien desde la entidad profesional no dieron a conocer un cronograma concreto de implementación, se estima que la puesta en marcha coincida con el plazo fijado para la adopción de las normas contables internacionales.
“Al igual que la llegada de las normas contables internacionales, la implementación del balance digital se hará de manera progresiva”, adelantaron sus autoridades.
Normas contables internacionales De manera complementaria, los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de distintas jurisdicciones -entre ellas Capital Federal y Buenos Aires- ya comenzaron a adoptar la resolución que establece un cronograma a respetar por las empresas a fin de implementar las normas contables internacionales.
La resolución técnica 26, emitida por la Facpce, detalla los pasos y las acciones que deben comenzar a realizar las compañías de inmediato a fin de simplificar la adopción de las nuevas reglas.
Puntualmente, la normativa que ya está siendo considerada por los distintos Consejos Profesionales, aclara que las normas internacionales de información financiera (NIIF) que deberán ser tenidas en cuenta -a partir de 2011- son aquellas emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) en la versión oficial en español.
Como primer grupo alcanzado, el organismo que reúne a los profesionales obligará a las compañías incluidas en el régimen de oferta pública establecido por la CNV. Es decir, en líneas generales, refiere a las empresas que cotizan en Bolsa.
Sin embargo, se excluye taxativamente de la obligación a las siguientes organizaciones incluidas en el régimen de oferta pública de la CNV:
* Las empresas del panel de Pyme que no están registradas en el régimen de oferta pública por su capital ni por sus obligaciones negociables, sino que operan en otras formas de financiación; * Las restantes entidades bajo control de la CNV, tales como: o Sociedades gerentes y depositarias de fondos comunes de inversión; o Fondos comunes de inversión; o Fiduciarios ordinarios públicos y fiduciarios financieros, inscriptos en los registros que lleva la CNV; o Fideicomisos financieros autorizados a la oferta pública; o Mercados de futuros y opciones; o Entidades autorreguladas no bursátiles; o Bolsas de comercio con o sin mercado de valores adherido; o Cajas de valores; o Entidades de compensación y liquidación; y o Cámaras de compensación y liquidación de futuros y opciones.
A su vez, la resolución técnica deja abierta la puerta a que todas las empresas no alcanzadas puedan aplicar las NIIF de manera opcional, siempre a partir de 2011.
Por otra parte, se establece que las empresas obligadas a implementar las normas contables internacionales sólo podrán dejar de hacerlo cuando ya no se encuentren incluidas en el régimen de oferta pública de la CNV.
De haberlas aplicado de manera opcional, la compañía podrá dejar de hacerlo fundamentando su decisión. Complementariamente, se establecen pautas a tener en cuenta por las entidades que presenten estados contables consolidados.
Tareas previas Si bien la resolución técnica no permite la adopción anticipada, el primer grupo de empresas que se encuentran obligadas comenzarán a realizar tareas extras a partir de los balances 2009.
Más precisamente, respecto a los estados contables anuales correspondientes al ejercicio que se inició a partir del 1° de enero pasado deberán:
* Identificar la norma que pone en vigencia las NIIF para la entidad y la fecha de cierre del ejercicio anual y del período intermedio en los que se prepararán los estados contables de acuerdo con las NIIF, por primera vez; * Elaborar una manifestación en donde se deje asentado que se están evaluando los efectos de la adopción de las normas contables internacionales, o, en los casos en que la entidad haya concluido su análisis y tenga determinados los efectos del cambio, se deberán adjuntar las conciliaciones respectivas.
El trabajo aumentará aún más respecto de los estados contables anuales correspondientes al ejercicio que se inicie a partir del 1 de enero de 2010. Al respecto las compañías deberán adjuntar:
* Una conciliación entre el patrimonio neto determinado de acuerdo con las normas anteriores y el que surja según las NIIF. * Una conciliación entre el resultado integral total del ejercicio determinado de acuerdo con las NIIF y el importe equivalente a dicho resultado integral, determinado a partir de los estados contables de la entidad, preparados de acuerdo con las normas anteriores.
“Cuando los ajustes o reclasificaciones en el estado de flujo de efectivo sean significativos, se deberá adjuntar una conciliación entre el efectivo y sus equivalentes y los totales de cada una de las causas de su variación determinados de acuerdo con las normas anteriores y los determinados de acuerdo con las NIIF”, agrega la norma.(INFOBAE PROFESIONAL)