Bien de familia: proponen desafectar campos que estén sujetos a remate

Los diputados nacionales Beatriz Halak y Jorge Montoya presentaron un proyecto de ley con el objetivo de establecer que las viviendas urbanas o rurales sujetos a remate o ejecución judicial puedan desafectarse en el caso de que sean consideradas como bien de familia.

La iniciativa prevé que los inmuebles sean considerados como un bien de familia en forma directa sin necesidad de que previamente se los haya inscripto como tal en el Registro Inmobiliario. Según el texto del proyecto, “la permanencia se presume, salvo prueba en contrario acreditada por parte interesada en debido proceso judicial”.

“En un proceso inverso al que existe actualmente, los propietarios podrían decidir la desafectación del inmueble al régimen de la propiedad para tomar un crédito hipotecario y, una vez saldada la deuda, la constitución del bien de familia volvería a entrar en vigencia de pleno derecho”, comentó una asesora de Halak en diálogo con El Enfiteuta.

La iniciativa apunta “a proteger a muchos sectores de la población que, por falta de conocimiento de la existencia de herramientas legales para preservar su vivienda o por los trastornos que significa la realización de los trámites actualmente requeridos para la inscripción de una propiedad como bien de familia, quedan fuera de los beneficios que otorga tal institución”.

Según la fuente consultada, si este proyecto se aprueba el patrimonio familiar que resulta vital para garantizar la tranquilidad económica del grupo familiar quedaría de manera directa resguardado sin necesidad de “trámites desconocidos y engorrosos”.

El proyecto destaca que deberán considerarse como bien de familia de pleno derecho a todo inmueble urbano o rural cuyo valor no exceda las necesidades de sustento y vivienda de la familia; en los términos y alcances que se establecerán reglamentariamente.

Los legisladores cordobeses, además, buscan modernizar la Ley 14.394 (Régimen del Menor y la Familia) la definición de “familia” para incluir en ella a los convivientes, y a los grupos familiares constituidos por madres o padres solos con sus hijos.

“Estamos impulsando que se proteja a miles de parejas que por no estar casadas por la ley del matrimonio civil, por ser madres o padres sin pareja y por vivir solas, no se encuadran en esta ley”, fundamentó la asesora legislativa.

“El bien de familia podrá ser susceptible de ejecución o embargo en el caso de obligaciones provenientes de impuestos o tasas que graven directamente el inmueble”, exceptúa la norma propuesta.

El senador bonaerense Gerardo Reverberi, quien además es miembro de la Asociación de Usuarios de Servicios Financieros (ASUSERFI) que en los años 90 impidió la ejecución de numerosos remates, calificó como “excelente” la iniciativa de los legisladores K, y destacó que “si está ley hubiera estado vigente en la época de (Carlos) Menem se habrían evitado muchos remates de campos y viviendas”. (EL ENFITEUTA)