CABA: la feria fiscal comienza el 28 de julio
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), fijó la feria fiscal de invierno entre los días 28 de julio y 1° de agosto de 2008, ambas fechas inclusive en la CABA.
Esta Resolución se dicta en concordancia con la feria judicial de invierno establecida para el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
De esta manera queda resuelto de la siguiente forma:
No obsta el ejercicio de las facultades de contralor de esta Administración tributaria durante los períodos mencionados.
Los plazos para la contestación de requerimientos, citaciones y/o actuaciones administrativas notificados en los períodos indicados comienzan a correr a partir del primer día hábil administrativo inmediato siguiente a la finalización de los períodos de feria.
La Dirección General de Rentas -mediante resolución fundada- habilitará días y horas para la realización de determinados trámites o actos en los casos en que la demora pueda afectar los intereses del Fisco.
Las disposiciones de la referidas a la feria fiscal en ningún caso modifican los términos de prescripción de las acciones y poderes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para determinar y exigir el pago de los impuestos, sus accesorios y demás contribuciones que integran su régimen rentístico, ni comprenden procedimientos ajenos a la materia tributaria.