BANCOS

¿Cómo funciona una cuenta corriente bancaria?

Las cuentas corrientes operan sólo en pesos y cuentan con un “servicio de caja” a través del pago de cheques que el titular de la cuenta emite y que el banco paga contra el dinero depositado.

Si no hay fondos suficientes en la cuenta para hacer frente al pago de los cheques, se presentan dos situaciones posibles: que el banco rechace los cheques por la falta de fondos o que el banco pague los cheques por haber celebrado con su cliente un contrato de crédito, denominado giro en descubierto.

En este último caso, el banco afronta el pago de los cheques emitidos por el titular, y la cuenta queda con un saldo deudor que genera intereses a favor de la entidad.

Sus titulares pueden ser personas físicas, personas jurídicas o uniones transitorias de empresas.

Los movimientos en una cuenta corriente pueden ser débitos o créditos.

Los débitos se producen por las siguientes causas:

- pago de cheques,
- transferencias ordenadas por el titular de la cuenta,
- extracciones efectuadas a través de cajeros automáticos o compras con tarjetas de débito, comisiones y gastos por servicios prestados por la entidad, vinculados al funcionamiento,
- atención y mantenimiento de las cuentas,
- operaciones propias de la entidad (pago de préstamos, alquiler de cajas de seguridad, etcétera),
- servicios de cobranza por cuenta de terceros, concertados directamente con el banco o a través de dichos terceros (débitos automáticos o directos) para el pago de impuestos, tasas, contribuciones y aportes.

Los créditos se producen por las siguientes causas:

- depósitos por ventanilla o en cajeros automáticos, en efectivo o
- cheques,
- transferencias.

Para los depósitos realizados a través de cajeros automáticos, se expide la constancia correspondiente con los datos esenciales de la operación.

La Central de Cuentacorrentistas Inhabilitados contiene la nómina de las personas físicas y jurídicas del sector privado inhabilitadas para operar en cuenta corriente por orden judicial, por no haber pagado las multas legalmente establecidas o por otros motivos legales.

Es difundida a través de un sitio web creado para este fin por el BCRA, y su acceso está restringido a los bancos.

Fuente: El Portal del Cliente Bancario.