Compras online en el exterior: bajan el tope por envío a u$s 1000
A través de la Resolución General 5260/2022 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional decidió modificar los criterios vinculados a las compras online en el exterior en dólares.
La medida impulsada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) detalló los cambios en las normas relativas a la importación y exportación de mercaderías por parte de empresas habilitadas como Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier, e impacta sobre las compras a exterior.
De esta manera, se estableció que los nuevos criterios rigen para los envíos que ingresen a través de un servicio courier “destinados a personas humanas o jurídicas, conformados por hasta tres (3) unidades de la misma especie y que no presuman finalidad comercial, donde el peso total del envío sea de hasta cincuenta kilogramos (50 kg) y el valor FOB de las mercaderías consignadas a un mismo destinatario no excedan los dólares estadounidenses (U$S 1.000.-) por vuelo”.
La medida antes regía para compras que no excedían los 3.000 dólares, mientras que ahora el límite es de 1.000 dólares. Por otra parte, se modificó el artículo 7 vinculado a la importación o exportación para consumo en forma simplificada.
A partir de ahora se estableció que “el valor FOB de las mercaderías a exportarse no exceda los dólares estadounidenses tres mil (u$s3.000.-) para cada remitente del envío” mientras que el valor FOB de las mercaderías a importarse, “consignadas a un mismo destinatario, no excedan los dólares estadounidenses un mil (u$s1.000.-) por vuelo y el peso total del envío sea de hasta cincuenta kilogramos (50 kg)”.
Los productos que pueden comprarse son comestibles, prendas, juguetes, productos tecnológicos, objetos de decoración, etc., siempre que se trate de: mercadería para uso personal y no comercial, envíos de hasta 50 kilos de peso y operaciones que no superen los u$s1.000 de importe final.
Para concretar las compras en el exterior, es necesario contar con medios de pagos específicos. Es decir, que tienen que estar autorizados para efectuar las compras en el exterior y pueden tratarse de tarjeta de crédito, adhesión a sistema PayPal, DineroMail, Western Union, etc.
Fuente: Ambito