Contribuyentes de convenio multilateral podrán efectuar los pagos mediante el V.E.P
Desde el 1º de junio los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos comprendidos en las normas del Convenio Multilateral –incluidos los contribuyentes SICOM- podrán efectuar el ingreso del saldo de la declaración jurada mensual (CM 03) mediante transferencia electrónica de fondos.
La medida fue dispuesta por la Resolución General Nº 5/2009 (C.A.) (B.O. del 20/05/2009), a fin de mejorar la recaudación y posibilitar mayor agilidad en los en los procedimientos de cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Consecuentemente, los contribuyentes que opten por efectuar sus pagos mediante transferencia electrónica de pagos deberán ingresar a la página web de la A.F.I.P.. El volante electrónico de pago (V.E.P.) podrá ser emitido durante las 24 horas y los 365 días del año y tendrá una validez de 25 días corridos posteriores al de su generación.
Modalidad para la generación del V.E.P.:
Las modalidades para la generación del V.E.P. son las siguientes:
a) Cancelación de formularios “Presentación y Pago” –contribuyentes resto- y “Presentación y Pago” y “Sólo Presentación” –contribuyentes SICOM-: El contribuyente deberá presentar la declaración jurada generada por el programa aplicativo “SIFERE” a través de la página web de la A.F.I.P., servicio “Presentación de DD.JJ. y Pagos”. Una vez aceptada dicha presentación se podrá generar el V.E.P. a través de la opción “Generar V.E.P. desde esta D.J.”.
b) Cancelación de formularios “Sólo Pago” (F. 5826 al 5849) –contribuyentes resto- y 5854 –contribuyentes SICOM-: El contribuyente debe general el archivo mediante el programa aplicativo “SIFERE” y luego emitir el V.E.P. desde la opción “Generar V.E.P. desde archivo”.
Una vez generado el V.E.P. se deberá seleccionar la Red Link para cancelarlo (en una primera etapa, la cancelación del V.E.P. será cumplimentada exclusivamente por la Red Link, hasta tanto se cumplimente la suscripción de los convenios con la totalidad de los Bancos que integran las redes Banelco e Interbanking). Los V.E.P. serán cancelados mediante débito en la cuenta bancaria que el contribuyente posea en el Banco con que opera y se cancelará por el importe total.
Santos Romero egresó en 2002 como contadora pública nacional de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora (UNLZ). Actualmente, se desempeña como secretaria de redacción y asesora impositiva de Aplicación Tributaria S.A. La autora lleva publicado numerosos artículos sobre temas impositivos y laborales. Además, es autora del libro "Guía de Trámites Básicos" e "Inmuebles" (Editorial Aplicación Tributaria S.A. 2007). Junto a la cdora Lorena De Luca, la autora escribió el libro Agentes de Recaudación Asimismo acaba de editar la Guía Práctica de Liquidación del Impuesto a los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires |