IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS C.A.B.A
Contribuyentes exentos no deberán presentar DD.JJ
Las fundaciones, asociaciones, entidades o comisiones de beneficencia, de bien público, asistencia social, científicas, artísticas, culturales y deportivas, todas estas sin fines de lucro –exentas en virtud del artículo 141, inciso 21) del Código Fiscal-, que revistan la condición de contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a raíz del empadronamiento de entidades exentas, quedan exceptuadas de la obligación de presentar las declaraciones juradas mensuales a partir del vencimiento del anticipo mensual 7 de 2009 –cuyo vencimiento opera en agosto de 2009-, siempre que la totalidad de sus ingresos provengan de la actividad exenta y que los ingresos obtenidos sean destinados exclusivamente al objeto previsto en sus estatutos sociales, acta de constitución o documento similar y en ningún caso se distribuyan directa o indirectamente entre los socios.
La medida fue dispuesta a través de la Resolución Nº 496/2009 (A.G.I.P.) (B.O.C.A.B.A. del 05/08/2009).
Consecuentemente, se deberán continuar presentando las declaraciones juradas mensuales los siguientes sujetos:
Los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos que se hubieran empadronado como sujetos exentos en dicho tributo, pero obtienen ingresos que no están destinados exclusivamente al cumplimiento del objeto previsto en sus estatutos sociales, acta de constitución o documento similar y/o distribuyen directa o indirectamente entre los socios.
Los contribuyentes que sufren alguna limitación en la exención o desarrollan además otras actividades gravadas.
Los contribuyentes inscriptos en el régimen del Convenio Multilateral.
Santos Romero egresó en 2002 como contadora pública nacional de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora (UNLZ). Actualmente, se desempeña como secretaria de redacción y asesora impositiva de Aplicación Tributaria S.A. La autora lleva publicado numerosos artículos sobre temas impositivos y laborales. Además, es autora del libro "Guía de Trámites Básicos" e "Inmuebles" (Editorial Aplicación Tributaria S.A. 2007). Junto a la cdora Lorena De Luca, la autora escribió el libro Agentes de Recaudación Asimismo acaba de editar la Guía Práctica de Liquidación del Impuesto a los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires |