Covid-19: el Gobierno extiende por DNU las restricciones hasta el 25 de junio
El presidente Alberto Fernández decidió extender las restricciones por la segunda ola de Covid-19 hasta el 25 de junio. La decisión se toma a través de un nuevo DNU que prorroga las anteriores medidas.
Ahora resta conocer el detalle del DNU, pero se prevé por lo anticipado que se mantendrán tal cual el esquema anterior, con actividades diferenciadas según el semáforo epidemiológico en todo el país.
Siguiendo los parámetros del proyecto de ley enviado al Congreso nacional, en el DNU 287 publicado el 1 de mayo se dividió a todo el territorio nacional en cuatro categorías, según la incidencia, razón y ocupación del sistema sanitario: bajo riesgo, medio riesgo, alto riesgo y alarma epidemiológica y sanitaria.
Así, al menos en el Área Metropolitana Buenos Aires (AMBA) se mantendría la categoría de "alarma", por lo que las restricciones vigentes serían:
Circulación: se mantiene la prohibición de circular entre las 20 de cada día y las 6 de la mañana, con excepción de los trabajadores esenciales. En las zonas de "alto riesgo" la restricción para circular será entre las 0 y las 6 horas del día siguiente.
Se mantienen cerrados los centros comerciales y shoppings, y los locales comerciales entre las 19 y las 6 del día siguiente.
Locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) deben cerrar entre las 19 y las 6 del día siguiente, salvo en las modalidades de reparto a domicilio y también en la modalidad de retiro, siempre que esta última se realice en locales de cercanía. Entre las 6 y las 19 solo podrán atender a sus clientes y clientas en espacios habilitados al aire libre.
Se mantiene prohibición de práctica recreativa de deportes grupales de contacto en espacios al aire libre.
Se mantienen cerrados clubes, gimnasios y otros establecimientos afines.
Clases: sigue suspendida la presencialidad en las aulas y las clases deben ser
virtuales. Queda exceptuada de la suspensión de las clases presenciales, la escolaridad de estudiantes de la modalidad de educación especial, en acuerdo con sus familias. Pese a esta medida, el Gobierno de Horacio Rodríguez Larreta anunció el viernes el regreso a las clases presenciales en primaria, jardín de infantes y educación especial a partir de mañana.
Transporte público: continúa siendo exclusivamente para trabajadores esenciales, así como casos especiales, para las personas que deban concurrir para la atención de su salud, o tengan turno de vacunación.
Restricciones en CABA
Sin embargo, el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, definiría no tomar algunas de esas medidas. Esta tarde dará una conferencia de prensa para explicar la nueva etapa.
Por ejemplo, la Ciudad analiza que los locales gastronómicos puedan abrir más tiempo, que los shoppings abran con aforo, aplicar horarios para comercios no esenciales, y reapertura de cines y teatros.
Además, se mantendrá la presencialidad en las escuelas y estudian ampliarla a más años del secundario.
Restricciones en Provincia de Buenos Aires
En el caso de la provincia de Buenos Aires no está descartado el regreso a clases presenciales.
Otras actividades como los gimnasios seguirán suspendidas.
En tanto, para las zonas de "alto riesgo" (de más de 40.000 habitantes - Indicadores: a) RAZÓN: MAYOR A 1.20 y b) INCIDENCIA: MAYOR A 150 c/ 100.000 habitantes), las restricciones son las siguientes:
Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados, así como las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas.
Se suspende la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
Se cierran casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs.
Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día.
Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.
Finalmente, para las zonas de "riesgo medio" (de más de 40.000 habitantes - Indicadores: a) RAZÓN: 0.8 a 1.2 e b) INCIDENCIA: entre 50 a 150 casos c/ 100.000 habitantes), se establece que "es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios".
Fuente: Ambito.com