ECONOMÍA
Crean el Comité de Elegibilidad de inversiones en seguros
Se creó hoy el Comité de Elegibilidad de inversiones en Seguros, por resolución conjunta de los ministerios de Economía e Industria, destacando que es oportuno reorientar parte de las inversiones realizadas por las compañías de seguros y reaseguros a proyectos productivos y de infraestructura.
El Comité de Elegibilidad de Inversiones de las Compañías de Seguros y Reaseguro fue creado hoy oficialmente, y su objetivo será determinar las inversiones de las referidas compañías vinculadas con la economía real, en el marco de lo anunciado ayer por la presidente Cristina Fernández de Kirchner. La creación de este Comité está incluida en la resolución conjunta 620 y 365 de los ministerios de Economía y de Industria de la Nación, publicada hoy en el Boletín Oficial, con la firma del ministro de Economía, Hernán Lorenzino y de Industria, Débora Giorgi.
La elección de inversiones se hará "sobre la base de criterios que tiendan al impulso de proyectos productivos y de infraestructura, de mediano y largo plazo, con sentido federal y local", señala la resolución.
Este Comité estará integrado por los titulares de la Secretaría de Finanzas, de la Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo y de la Secretaría de Comercio Interior, por el titular de la Superintendencia de Seguros de la Nación, y por los titulares de la Secretaría de Industria y de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional.
De acuerdo con lo establecido en la resolución, serán "inversiones elegibles" las que realice el Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la ANSES, y los proyectos productivos impulsados por el Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A. y el Banco de la Nación Argentina.
También los Fondos Comunes de Inversión PYME Productivos de Economías Regionales e Infraestructura, y las de Proyectos de Innovación Tecnológica. Este comité elegirá las inversiones teniendo en cuenta la naturaleza de las obligaciones que deben afrontar las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y las condiciones de plazo y vida promedio de los instrumentos fijadas por las partes, de manera que garantice los preceptos del régimen de inversiones establecido por la normativa vigente.
En caso de ser necesario podrá establecer las ponderaciones que estime conveniente y/o establecer prioridades de inversión, de acuerdo con los objetivos de política económica, según lo establecido en la citada resolución.
En los considerandos de la medida, se menciona que "resulta oportuno reorientar parte de las inversiones realizadas por las compañías de seguros y reaseguros a proyectos productivos y de infraestructura, de mediano y largo plazo, que tengan impacto directo en la economía real".
También "se vincula al sector asegurador con el desarrollo de la economía real, con sentido federal y local, en donde el sector público actúa como canalizador de recursos con claro sentido productivo y social, mientras que las entidades aseguradoras y reaseguradoras, en su carácter de inversores institucionales, encuentran nuevas posibilidades de inversión que retroalimenten ese círculo virtuoso de desarrollo con inclusión social".
"Es importante destacar -agrega la Resolución- el valor de este redireccionamiento de las inversiones en cuanto trae aparejado nuevos flujos de inversión, que se volcarán a opciones de inversión que permitirán también incrementar la actividad de los mercados de capitales con directo impacto regional y local".
Normas sobre Políticas y Procedimientos de Inversiones
Por otra parte la Superintendencia de Seguros de la Nación resolvió que las entidades aseguradoras y reaseguradoras deben diseñar las Normas sobre Políticas y Procedimientos de Inversiones (NPPI), de acuerdo a las condiciones que estableció en la resolución, publicada hoy en el Boletín Oficial.
Una síntesis de la Resolución 37163, expresa en su primer artículo que se sustituye el punto 35 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (Resolución SSN Nº 21523), que establece las normas de inversiones.
Entre otras cuestiones expresa que las inversiones realizadas deben ser objeto de un plan de regularización que debe estar íntegramente cumplido en un plazo no mayor a tres meses. La Superintendencia debe aprobar o rechazar el plan de regularización presentado por la entidad.
Fuente: Ministerio de economía