El Gobierno fijó un nuevo régimen para reemplazar el Impuesto PAIS
El Gobierno implementó un nuevo esquema impositivo que sustituye al denominado Impuesto PAIS, manteniendo la carga del 30% pero con modificaciones significativas en su alcance y aplicación. La medida se oficializó mediante la Resolución General 5617/2024, publicada este jueves en el Boletín Oficial.
De acuerdo con la norma, el impuesto ya no llevará el nombre de Impuesto PAIS y se eliminan ciertas percepciones para sectores específicos, principalmente en el ámbito financiero. No obstante, los consumidores continuarán abonando este tributo en operaciones como la compra de dólar ahorro y la adquisición de bienes y servicios en el exterior.
De acuerdo a lo que dice el mismo escrito, "la finalización de la vigencia del impuesto PAIS no conllevaría la culminación del régimen de percepción antedicho, pero obliga a la adecuación de la técnica legislativa empleada en la Resolución General N° 4.815, sus modificatorias y complementarias" y agrega que: "se estima conveniente sustituir la mencionada resolución general por un nuevo texto ordenado, cuyos términos preserven la continuidad y el alcance del régimen de percepción establecido por la citada norma".
Dólar: ¿quiénes estarán alcanzados por el impuesto del 30%?
Compra de dólar ahorro o sin destino específico vinculado al pago de obligaciones en el MULC o el pago de obligaciones de importación de mercaderías incluidas en la Nomenclatura Común del Sur (NCM).
Cambio de divisas efectuados por las entidades financieras por cuenta y orden del adquirente, locatario o prestatario destinadas al pago de adquisición de bienes y/o prestaciones de servicios realizadas en el exterior, que se cancelen mediante tarjetas de crédito y débito. Se incluyen las compras realizadas en portales o sitios virtuales y cualquier otra modalidad de compras a distancia.
Adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y trismo, mayoristas y minoristas del país.
Adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática de pasajeros con destinos fuera del país.
En resumen, se mantiene el impuesto para el denominado "dólar ahorro", "dólar tarjeta y/o dólar turista" mientras que quedan exceptuados de este nuevo régimen.
Fuente: Ambito