PROYECTO DE LEY

Empresarios cuestionan la incorporación de tickets al salario

Ante el avance que en el Congreso está teniendo el proyecto del diputado justicialista Héctor Recalde que persigue la incorporación en el salario de los vales alimentarios, desde la empresas expendedoras de esos tickets afirmaron que la aprobación de la iniciativa generaría una pérdida al fisco de más de $1.400 millones por año.

Para la entidades de tickets canasta la inclusión de estos al salario representará una baja en la recaudación de más de 1.400 millones de pesos para el fisco nacional. Según estimaron es similar a lo que aportan a la coparticipación cerca de 10 provincias.

Las empresas que utilizan la modalidad los tickets canasta son 14.305, las cuales les otorgan estos beneficios a 1.416.667 trabajadores, por un monto que promedio es de 223 pesos. La gran mayoría son Pyme.

El tema esta bajo debate en la Comisión de Legislación del Trabajo, la cual corrió vista a distintas entidades como por ejemplo el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, la cuál la última semana elaboró un dictamen en donde se pronunció a favor del proyecto de reforma.

El dato surge de un informe que aquellas empresas hicieron llegar al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF), en la oportunidad en que la institución profesional tuvo que realizar un dictamen sobre el proyecto en estudio, a raíz de que desde Diputados se les pidió colaboración técnica para el debate de la propuesta de reforma.

En el trabajo de las compañías, al que tuvo acceso exclusivo infobaeprofesional.com, se destacó que conforme a resoluciones de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) las empresas emisoras de los vales alimentarios y de almuerzo, que son más de 30 en todo el país, fueron declaradas como agentes de retención de diversos impuestos tales como el IVA, Ganancias e Ingresos Brutos, entre otros.

En ese sentido, explicaron que dado ese carácter las empresas habilitadas de vales recaudan para el Estado nacional una suma que supera los $850 millones anuales. Además, calcularon que el sector paga contribuciones patronales y los demás impuestos por $65 millones adicionales, al tiempo que expusieron que la formalización de las transacciones permiten al Estado percibir $544 millones.

Asimismo, agregaron que en atención a que esa recaudación se realiza en todos los comercios del país, el sistema permite a la AFIP efectuar cálculos sobre valores recibidos en vales alimentarios y de almuerzo, y de montos recibidos en efectivo, lo que, resaltaron, “facilita enormemente la recaudación también sobre lo percibido en efectivo, en todos los comercios comestibles que operan en el país”.

Al respecto, destacaron que la recaudación que genera el régimen, y que en total excede los $1.400 millones anuales, representa lo que perciben por impuestos una decena de provincias.

Además, da cuenta que las empresas que utilizan la modalidad los tickets canasta son 14.305, las cuales les otorgan estos beneficios a 1.416.667 trabajadores, por un monto cuyo promedio de 223 pesos.

El informe destaca que las más de 14.000 empresas que usan el sistema son en su gran mayoría Pyme, la cuales, estimaron, se verían muy perjudicadas si da carácter remunerativo a los vales, a raíz de que no podrían darle a sus empleados beneficios por encima de la remuneración obligatoria.

Según estos datos, las empresas emisoras estiman que el sistema aumenta el consumo alimentario de las familias en $316 millones mensuales (o $3.949 millones anuales), y destacaron que de ese modo el Estado cuenta con la tranquilidad de que a través del sistema unas 1.416.667 familias tiene acceso cotidiano a su alimentación.

Sistema

El pago a los asalariados a través de tickets se encuentre regida por la ley 24.700, que introdujo el artículo 103 bis en la Ley de Contrato de Trabajo.

En la actualidad, esta forma de pago tiene un carácter no remunerativo, es decir que sobre ellos no se abonan contribuciones patronales, ni tampoco integran la base de cálculo para el sueldo anual complementario, vacaciones, premios e indemnizaciones.

Pero establece que los vales no pueden representar una cifra superior al 20% del total de la remuneración bruta si se encuentra comprendido en un convenio colectivo, y del 10% si no lo está.

El empleador debe abonar un 14% al emisor de los vales, que deberá ingresarlo en la AFIP, según lo dispuesto por el decreto 814/01 y la ley 25.723.

Propuesta de reforma

La inciativa en estudio pretende derogar los incisos b) y c) del artículo 103 bis de la ley 20.744, y el artículo 4º de la ley 24.700, estableciendo que los empleadores que otorguen vales alimentarios deberán mantener los beneficios e incorporarlos en el salario con carácter remunerativo.

Agrega que esos beneficios adquirirán carácter remunerativo de manera escalonada y progresiva, a razón de 10% de su valor pecuniario por cada bimestre calendario a partir de la entrada en vigencia de la ley.

No obstante, estos plazos podrán reducirse si así es acordado en convenciones colectivas de trabajo.

En la actualidad, el proyecto está bajo debate en la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara baja, que corrió vista a distintas entidades para que emitan una opinión consultiva no vinculante, como sucedió con el Colegio Público de Abogados, que elaboró un dictamen en donde se pronunció a favor del proyecto del diputado Recalde, pero que aconsejó la incorporación inmediata de los tickets en el salario y no progresiva como consta en la propuesta.

Fuente: INFOBAE PROFESIONAL