ECONOMÍA
Fondos comunes deberán valuar tenencias en el exterior al cambio oficial
Un fuerte golpe sufrió ayer la industria de fondos comunes de inversión, que en los últimos meses había aumentado fuertemente el patrimonio bajo administración ante las crecientes restricciones cambiarias. Sin embargo, el Gobierno dispuso ayer que todos los activos que administren en el exterior deberán ser valuados al tipo de cambio oficial (o sea $ 4,60) y ya no podrán considerarlos a $ 6,60, es decir el dólar que surge de la operatoria de «contado con liquidación».
Esta normativa implicará que automáticamente se desinfle un poco más del 30%. En otras palabras, el inversor que tiene cuotapartes en fondos comunes locales verá afectado fuertemente la valuación del capital invertido y podría sufrir grandes pérdidas por las tenencias en el exterior.
Con la medida, se busca disminuir una vía de escape legal que había para las divisas, lo cual además presionaba sobre el tipo de cambio informal. Es un nuevo grifo, por lo tanto, que se cierra en el marco de un cepo cambiario cada día más restrictivo.
La Resolución General 608 de la Comisión Nacional de Valores (CNV) otorgó 8 días para la entrada en vigencia de la norma. De esta forma, el organismo le da tiempo a los inversores y a las sociedades gerentes de fondos a desarmar sus posiciones en el exterior sin sufrir pérdidas por la nueva valuación cambiaria. Claro que será un proceso que se dará a las apuradas y que afectará las valuaciones de las cuotapartes y al mismo tiempo impactará negativamente en el patrimonio que administra la industria de fondos.
En lo que va del año, el patrimonio bajo administración de los fondos comunes subió en más de $ 10.000 millones, pasando de $ 29.000 a poco más de $ 40.000 millones. Sucede que muchas empresas, compañías de seguros y otros inversores institucionales encontraron en este instrumento la mejor alternativa para manejar sus posiciones en moneda local. Y al mismo tiempo también pasaron a contar con un vehículo que les permitía invertir en el exterior sin pasar por el mercado cambiario.
Aun cuando los fondos comunes de inversión no pueden acceder al mercado de cambios, la legislación sí les permite invertir en el exterior de la siguiente manera: hasta un 25% del patrimonio en cualquier instrumento extranjero, ya sea acciones, bonos o incluso índices accionarios conocidos como ETF (Exchange Traded Funds). Además, un 75% puede estar invertido en cualquier activo financiero del Mercosur o en CEDEAR (es decir certificados de acciones del exterior que cotizan en la Argentina).
En los considerandos de su resolución, la entidad que preside Alejandro Vanoli determinó que «algunas sociedades gerentes prevén en los textos reglamentarios de los fondos administrados, la utilización de un denominado «tipo de cambio implícito» o «dólar arbitraje» como criterio de valuación alternativo para las inversiones realizadas en moneda extranjera». Y, en ese sentido, indicó que «la Subgerencia de Fondos Comunes de Inversión ha observado que ciertas sociedades gerentes aplican dichos criterios alternativos de manera normal, habitual e injustificada».
De hecho, la única manera de comprar activos en el exterior es a través del contado con liquidación, o sea adquiriendo un bono o acción local con pesos, girándolo al exterior y hacerse de las divisas en el extranjero. Esa operación da hoy una valuación implícita del dólar de $ 6,60, lo que se ve reflejado en la cuotaparte del fondo.
Como ahora se obligará a que ese activo sea convertido al tipo de cambio oficial, es decir $ 4,60, esto actuará como una barrera infranqueable para volver a invertir en cualquier instrumento que no sea local.
«La utilización de mecanismos alternativos de valuación podría traer aparejada una falta de transparencia y una posible distorsión del monto que resulta de la valoración de las carteras de inversiones de los fondos y, por consiguiente, del valor diario de cuotaparte», concluyó la CNV, con lo cual obliga a que todos los fondos del mercado valúen sus tenencias en el exterior al tipo de cambio oficial y no según «valuaciones alternativas».
Fuente: Ambito.com