Inflexible, Iguacel ratificó el tarifazo extra en 24 cuotas y usuarios pagarán doble tasa de interés

El secretario de Energía, Javier Iguacel, defendió ayer el cobro retroactivo del diferencial cambiario que se generó en las tarifas del gas entre abril y septiembre, que se pagará en las facturas a partir de enero, y que consistirá en 24 cuotas de entre $90 y $100. Ese monto incluirá doble pago de intereses: uno a la tasa activa del Banco Nación, que actualizará al 31 de diciembre el monto total de la deuda; y otro a la tasa pasiva del BN, correspondiente a la financiación en 24 meses. Es decir, interés sobre el interés. Hoy, por el nuevo programa monetario del BCRA, ambas tasas vienen mostrando una dinámica creciente.

Horas antes de la conferencia de Iguacel, el ministro del Interior, Rogelio Frigerio, había sostenido que el Gobierno estaba dispuesto a discutir medidas que amortiguaran el efecto del extra retroactivo que pesará sobre las facturas a partir de enero. "Somos conscientes lo que duele esto en el bolsillo de la gente. Estamos más que abiertos a discutir con dirigentes de la oposición medidas que puedan amortiguar este impacto en el bolsillo de la gente y se respete un presupuesto con equilibrio", dijo Frigerio a la prensa tras una reunión de Gabinete.

Por la tarde, ya en la conferencia de prensa brindada por Iguacel, la cosa cambió: el secretario de Energía dijo que el Gobierno estaría dispuesto a discutir la cuestión. Pero sólo para encontrar una solución a futuro al problema de las potenciales diferencias cambiarias entre el momento de la facturación y el momento del pago por parte de las distribuidoras de gas a los productores.

Dijo Iguacel: "Tenemos que discutir cómo hacemos para adelante. Estamos dispuestos a escuchar a legisladores, empresas y consumidores pero esto se habló en audiencia pública, hubo preguntas y respuestas. Estamos dispuestos a mejorarlo, tal como dijo Frigerio". Ahí una cuestión clave: el secretario afirmó que si bien es evidente que los usuarios no estuvieran al tanto de la Ley y de lo pautado en las audiencias públicas, en realidad esa información es pública y de acceso para todos.

"Es muy entendible que los usuarios no entiendan pero todos tenían la posibilidad de saber que este era el sistema. Esto ya ha pasado antes pero con montos muy pequeños que no se han notado. Lo que es extraordinario es el monto. Pero los usuarios podían saber aunque reconozco que es lógico que no lo sepan. Por eso es esta cuestión de hacer la diferencia de que sea a 24 meses y no a 6 meses como indica la Ley", afirmó. La Ley en cuestión es la 24.076 y se remonta a 1992.

Durante el contacto con la prensa, Iguacel aprovechó para explicar la naturaleza del problema. La crisis cambiaria llevó a la divisa desde los $20,40 a los que estaba cuando ocurrió la primera audiencia pública, en la que se fijaron los aumentos tarifarios a la distribución, a los $40 a los que se encontraba cuando se realizó la segunda audiencia pública del año. En el medio se produjo un constante desfasaje entre el precio del dólar en el momento en el que las distribuidoras le compraron el gas a las productoras y el momento en el que realizaron los pagos por ese gas (entre 60 y 90 días después).

Eso hizo que la cadena de pagos se rompiera y que las distribuidoras le quedaran debiendo a las productoras. Esa diferencia será saldada por los usuarios a partir de enero, con intereses que correrán, tal como afirmó el decreto del viernes pasado, a tasa activa del Banco Nación hasta el 31 de diciembre. Y será pagada en 24 cuotas a tasa pasiva. En todos los casos, la tasa aplicada no será retroactiva al período abril-septiembre, al que corresponden las facturas que recibirán el pago extra, sino que correrán a los niveles crecientes en los que se encuentran las tasas desde la aplicación del nuevo programa monetario del BCRA.

Al respecto, un informe del CEPA sostuvo: "El conflicto deriva de la ruptura de la cadena de pagos y el Gobierno lo zanja con el esfuerzo de los usuarios. Además el decreto reglamentario de la Ley establece que las diferencias diarias que se registran devengan una tasa pasiva. Pero la resolución del 4 de octubre incumple esta norma, ya que establece un mecanismo de actualización vía tasa activa, mucho más elevada, que perjudica aún más a los usuarios. Además el Gobierno establece un pago retroactivo que no está contemplado en la norma de 1992. En cuarto lugar, se está trasladando al usuario la inoperancia de las empresas distribuidoras que, en un marco de inestabilidad cambiaria, no tomaron los recaudos necesarios, por ejemplo, a través de instrumentos que cubran el riesgo ante cambios abruptos del valor del dólar".

Fuente: Diario BAE