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Instrumentan cambios en el Programa de Propiedad Participada del Banco Hipotecario

El Gobierno instrumentó cambios en el Programa de Propiedad Participada (PPP) del Banco Hipotecario S.A. y reconoció con derechos a participar de ese programas a quienes trabajen en planta permanente o hayan trabajado en esa condición hasta el 27 de setiembre de 1997.

A través del Decreto 2127, que fue publicado hoy en el Boletín Oficial, con la firmas de la presidenta Cristina Fernández, del jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, y de los ministros Hernán Lorenzino (Economía) y Carlos Tomada (Trabajo), se dispone "la instrumentación del Programa de Propiedad Participada del Banco Hipotecario Sociedad Anónima".

La norma destaca en sus considerandos que "en la práctica, el PPP del Banco Hipotecario S.A. no pudo ser instrumentado debido a las particularidades del mismo, a la evolución de los valores referenciales de las acciones de la Sociedad y, en especial, a la eventual iliquidez del Fondo de Garantía y Recompra del Programa".

El decreto reconoce "el derecho a participar en el capital accionario destinado al Programa de Propiedad Participada del Banco Hipotecarios S.A. a todos aquellos agentes que se encontraban incorporados a la planta permanente de la entidad bancaria al 27 de septiembre de 1997" y fija un precio de 0,665 peso por acción para la venta de acciones Clase "B", asignadas al PPP.

También se dispone "la conversión en acciones Clase `A´ del porcentaje de las acciones Clase `B´ que corresponda asignar a los agentes" que se hayan desvinculado del Banco Hipotecario "a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, considerando lo dispuesto en el Artículo 27 inciso a) de la Ley Nº 23.696, en virtud de la acreencia que se les reconoce por sus aportes al Fondo Complementario Móvil de Jubilaciones conforme el Artículo 46 del Decreto Nº 924/97 y por los dividendos anuales pertinentes".

Por otra parte, la norma autoriza la "creación de un Fondo de Administración, a fin de atender las peticiones de aplicación de acreencias de los agentes que se han desvinculado a la adquisición de acciones y de administrar las acciones y dividendos que lo integren". Este fondo se integrará con las acciones Clase "A" más los dividendos anuales que le correspondan a esas acciones y "serán indisponibles para el Estado Nacional". Al respecto, se fija un plazo de 120 días corridos desde la creación de ese fondo para que los agentes que se hayan desvinculado del Banco Hipotecario "puedan aplicar las acreencias que se les reconoce, adquiriendo las acciones correspondientes, las que les serán entregadas previa conversión a Clase `D´ junto con, de corresponder, las sumas que en concepto de dividendos hayan devengado dichas acciones".

Para que eso suceda, los involucrados deben "desistir de toda acción judicial o reclamo administrativo iniciado o futuro vinculado con la instrumentación" del PPP.

En otro orden, la norma dispone también la instrumentación del PPP para "los agentes activos de dicha entidad bancaria con derecho a participar en el capital de la sociedad destinado al Programa" con acciones Clase "B".

También fija en 120 días corridos, desde la entrada en vigencia de la resolución por la cual se aprueben el Formulario de Adhesión, "el Acuerdo General de Transferencia y el Convenio de Sindicación de Acciones, para que los agentes activos manifiesten su voluntad de adherir al PPP".

Por otro lado, se aclara que no estarán comprendidas en los alcances de este decreto las acciones Clase "B" que pudieran estar afectadas por medidas cautelares vigentes a la fecha e instruye al Ministerio de Economía a suscribir un nuevo contrato de fideicomiso con el Banco Nación para que actúe como agente fiduciarios en las PPP.