SIRCREB
La A.G.I.P. incrementa las alícuotas de recaudación
A partir del 1º de julio la alícuota general del régimen de recaudación bancaria “SIRECREB” aplicable para los contribuyentes comprendidos en las normas del Convenio Multilateral pasará del uno por ciento (1%) al uno con veinte centésimos por ciento (1,20%).
Así fue dispuesto por la Resolución Nº 396/2009 (B.O.C.A.B.A. del 29/06/2009). Cabe recordar que están alcanzados por la alícuota general aquellos contribuyentes cuya actividad con mayores ingresos no se encuentre incluida en los Anexos I, II y III de la Resolución Nº 115/2009.