La Administración Federal de Ingresos Públicos lanza mañana el nuevo Plan de Facilidades de Pago
La Administración Federal de Ingresos Públicos lanza mañana el nuevo Plan de Facilidades de Pago
Contempla todo tipo de deudas con el Fisco, plazos de pago de 24 y 120 meses y una tasa de interés del 1,5% mensual. La adhesión se hará por Internet sin necesidad de realizar trámites presenciales y el pago es por débito bancario. Se extenderá entre mañana y el 31 de marzo próximo.
Este nuevo régimen especial de facilidades de pago permite la regularización de las deudas impositivas, de los recursos de la seguridad social y las multas y cargos suplementarios por tributos aduaneros vencidos hasta el 31 de diciembre de 2007.
El nuevo plan “Mis Facilidades” tiene las siguientes características:
1. el número máximo de cuotas a otorgar y la tasa mensual de interés de financiamiento serán los que se establecen a continuación:
DEUDA | CANTIDAD DE CUOTAS | INTERÉS DE FINANCIAMIENTO | MONTO MÍNIMO DE LA CUOTA |
Aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia | 24 | 1,50% | $ 150 |
Retenciones | 24 | 1,50% | $ 150 |
Resto de deudas | 120 | 1,50% | $ 150 |
2. el importe de la primera cuota no podrá ser inferior al 3% de la deuda consolidada, ni menor a $150.
Por ejemplo:
Monto de deuda | Cantidad de cuotas | Tasa de interés financiero | 1º Cuota | 2º Cuota | Cuota Final |
$100.000 | 120 | 1,5% | $ 3.039 | $ 838 | $ 2.183 |
$100.000 | 60 | 1,5% | $ 3.039 | $ 1.690 | $ 3.120 |
$100.000 | 24 | 1,5% | $4.221 | $ 4.283 | $ 5.658 |
Los contribuyentes tienen también la posibilidad de reformular planes de facilidades que se encuentren vigentes siempre y cuando no tengan cuotas vencidas impagas. Esta reformulación podrá efectuarse en el sistema “Mis Facilidades” opción “Reformulación del Plan” seleccionando Plan Especial. Asimismo los deudores podrán tener vigentes un máximo de 12 planes de pago, contados a partir del 30 de noviembre.
La cancelación de acuerdo con el plan de facilidades, no implica reducción alguna de intereses resarcitorios y/o punitorios como tampoco liberación de las sanciones respectivas.
La adhesión al plan se realizará exclusivamente por Internet, con Clave Fiscal, desde la página web del organismo (www.afip.gov.ar) a través del Sistema Mis Facilidades, opción “Plan Especial – Deuda vencida al 31 de diciembre de 2007”, desde mañana y hasta el 31 de marzo de 2009.
Las cuotas vencerán el día 16 de cada mes a partir del mes siguiente en que se realice la adhesión al régimen, y se cancelarán exclusivamente por débito directo en la cuenta corriente o en la caja de ahorros del contribuyente. También se contempla la posibilidad de que el adherente al plan obtenga una caja de ahorros fiscal gratuita en la que se le debitarán las cuotas. Esta cuenta podrá solicitarse en la sede central o en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina.
Ante dudas o consultas, los contribuyentes se pueden comunicar con el Centro de Información Telefónica de la AFIP 0810-999- 2347 o *2347 desde su celular. Además, en el micrositio Mis Facilidades dentro de la página web del organismo encontrará información específica y un simulador que le permite calcular en forma anónima, para cada tipo de deuda, el monto de las cuotas a pagar.