La devolución de ganancias para asalariados se hará a principios de junio
En cadena nacional, el presidente Alberto Fernández anunció la devolución de importes del Impuesto a las Ganancias a trabajadores que cobren menos de $150.000.
La iniciativa fue comunicada por el Gobierno en el marco de las nuevas restricciones de Fase 1 por la pandemia y conforman parte de un conjunto de medidas económicas para ayudar a familias y a empresas.
LOS BENEFICIADOS Y LA DEVOLUCIÓN
Los trabajadores del sistema registrado que cobren menos de $150.000 bruto de sueldo recibirán el reintegro de los importes retenidos por Ganancias con retroactividad a enero.
La devolución se hará en 5 cuotas a partir del mes de julio y equivale a un esfuerzo fiscal de más de $40.000 millones.
Esta medida implica que cerca de 1.270.000 de empleados y jubilados dejen de pagar este impuesto con retroactividad a enero.
CLAVES DEL NUEVO MÍNIMO NO IMPONIBLE
Sólo pagarán el impuesto 7 de cada 100 empleados en relación de dependencia y el 0,4% de los jubilados.
Dejan de pagarlo 1.267.000 trabajadores y jubilados, lo que representa un beneficio para más del 90% de los asalariados.
Se sube el piso del mínimo no imponible a $ 150.000 de salario bruto mensual.
En el caso de las jubilaciones, sólo tributarán quienes ganen más de 8 haberes mínimos.
El aguinaldo queda excluido.
Se elimina el tope de edad para deducir a los hijos/as por discapacidad.
Se exime al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias (hasta septiembre).
DEDUCCIONES
Además, la norma excluye al aguinaldo de la determinación del impuesto y añade otros alicientes entre las deducciones.
Quita el límite de edad para la deducción de hijos con discapacidad.
Introduce la figura de concubino dentro de las cargas de familia.
Exime las horas extras y guardias de personal de salud y recolección de residuos (sin tope).
Exime suplementos particulares para personal militar (sin tope).
Exime bonos por productividad y fallos de caja (hasta $ 67.071,36 anuales).
Permite deducir los gastos de guardería (sin tope).
Permite deducir gastos por compra de herramientas educativas para los hijos (sin tope).
Permite deducir gastos en cursos de capacitación (hasta $ 67.071,36 anuales).
Permite deducir gastos por movilidad y viáticos, estipulados en convenios colectivos (hasta $ 67.071,36 anuales).