La devolución de ganancias para asalariados se hará a principios de junio

En cadena nacional, el presidente Alberto Fernández anunció la devolución de importes del Impuesto a las Ganancias a trabajadores que cobren menos de $150.000.

La iniciativa fue comunicada por el Gobierno en el marco de las nuevas restricciones de Fase 1 por la pandemia y conforman parte de un conjunto de medidas económicas para ayudar a familias y a empresas.

LOS BENEFICIADOS Y LA DEVOLUCIÓN

Los trabajadores del sistema registrado que cobren menos de $150.000 bruto de sueldo recibirán el reintegro de los importes retenidos por Ganancias con retroactividad a enero.

La devolución se hará en 5 cuotas a partir del mes de julio y equivale a un esfuerzo fiscal de más de $40.000 millones.

Esta medida implica que cerca de 1.270.000 de empleados y jubilados dejen de pagar este impuesto con retroactividad a enero.

CLAVES DEL NUEVO MÍNIMO NO IMPONIBLE

- Sólo pagarán el impuesto 7 de cada 100 empleados en relación de dependencia y el 0,4% de los jubilados.

- Dejan de pagarlo 1.267.000 trabajadores y jubilados, lo que representa un beneficio para más del 90% de los asalariados.

- Se sube el piso del mínimo no imponible a $ 150.000 de salario bruto mensual.

- En el caso de las jubilaciones, sólo tributarán quienes ganen más de 8 haberes mínimos.

- El aguinaldo queda excluido.

- Se elimina el tope de edad para deducir a los hijos/as por discapacidad.

- Se exime al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias (hasta septiembre).

DEDUCCIONES

- Además, la norma excluye al aguinaldo de la determinación del impuesto y añade otros alicientes entre las deducciones.

- Quita el límite de edad para la deducción de hijos con discapacidad.

- Introduce la figura de concubino dentro de las cargas de familia.

- Exime las horas extras y guardias de personal de salud y recolección de residuos (sin tope).

- Exime suplementos particulares para personal militar (sin tope).

- Exime bonos por productividad y fallos de caja (hasta $ 67.071,36 anuales).

- Permite deducir los gastos de guardería (sin tope).

- Permite deducir gastos por compra de herramientas educativas para los hijos (sin tope).

- Permite deducir gastos en cursos de capacitación (hasta $ 67.071,36 anuales).

- Permite deducir gastos por movilidad y viáticos, estipulados en convenios colectivos (hasta $ 67.071,36 anuales).