Los beneficios fiscales serán para empresas que emitan factura electrónica

Los fabricantes de bienes de capital, informática y telecomunicaciones radicados en el país deberán utilizar comprobantes electrónicos para poder utilizar los bonos fiscales en el pago de impuestos nacionales.

La AFIP se propuso como objetivo intensificar el uso de las herramientas informáticas para optimizar las funciones de fiscalización y control de los gravámenes a su cargo.

La posibilidad de utilizar el bono fiscal para cancelar obligaciones tributarias se estableció a través de un régimen de incentivo contemplado en un decreto del 2001.

La resolución general publicada hoy en el Boletín Oficial establece que estos fabricantes deberán emitir comprobantes electrónicos originales que respalden las operaciones sujetas al régimen de incentivo. La solicitud de emisión se debe requerir por internet al organismo recaudador y podrá realizarse utilizando el servicio Comprobantes en Línea o realizando un intercambio de información vía web.

Este procedimiento será una condición necesaria para obtener los bonos fiscales que podrán emplearse para el pago de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta, al valor agregado e internos, tanto como anticipos o como saldos de declaración jurada. También podrán imputarse – en el caso de operaciones de importación – a la cancelación de los pagos a cuenta del IVA y del impuesto a las ganancias así como de sus respectivas retenciones o percepciones.

Por su parte la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa también intervendrá en el proceso de registración y le enviará a la AFIP toda la información referida a los bonos fiscales emitidos.

Fuente: Infobae

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