INFORME
Los contribuyentes porteños ya no necesitarán ir al banco
Los contribuyentes locales (S.I.CO.L.) del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, podrán efectuar el pago del impuesto mediante transferencia electrónica de fondos, tal como fue informado a través del portal web de Rentas de la Ciudad. La medida implica que los contribuyentes ya no tendrán que concurrir obligatoriamente el Banco Ciudad de Buenos Aires a fin de abonar el impuesto, debido a que desde el 1º de marzo pasado los contribuyentes deben, también, efectuar la presentación de las declaraciones juradas obligatoriamente vía internet.
Forma de pago:
El pago mediante transferencia electrónica de fondos se llevará a cabo a través de la generación de un volante electrónico de pago (V.E.P.), desde la página de internet de la A.F.I.P., ingresando a la opción “Presentación de DDJJ y Pagos”, “VEP desde Archivo”.
Generación del V.E.P.:
A los efectos de la generación del V.E.P., los contribuyentes, previamente, deberán efectuar la presentación de la declaración jurada F. 5202 a través del servicio “Presentación de DDJJ y Pagos” –generada a través del programa aplicativo “S.I.CO.L.”– y una vez aceptada la misma el contribuyente estará en condiciones de generar el V.E.P. de esta declaración. A fin de proceder al pago, se deberá seleccionar entre las siguiente modalidades de pago: Banelco – Interbanking – Link. Es necesario la previa presentación de la declaración jurada del impuesto, ya que el sistema toma los datos de la misma para la generación del V.E.P..
Generación de la declaración jurada. Aspectos a tener en cuenta:
Al proceder a la generación de la declaración jurada mensual a través del programa aplicativo “S.I.CO.L.”, se consignará como “fecha de pago” aquella hasta la cual se podrá efectuar la presentación y el pago de la citada declaración. La “fecha de pago” consignada en la pantalla “Datos de la declaración jurada” del “S.I.CO.L.”, será la “fecha límite de pago” y el “día de expiración” del V.E.P.. El importe consignado en el campo “importe que deposita” de la pantalla “Liquidación del impuesto”, pestaña “Determinación del monto a pagar” será el mismo que el “importe total a pagar” del V.E.P..
Santos Romero egresó en 2002 como contadora pública nacional de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora (UNLZ). Actualmente, se desempeña como secretaria de redacción y asesora impositiva de Aplicación Tributaria S.A.
La autora lleva publicado numerosos artículos sobre temas impositivos y laborales. Además, es autora del libro "Guía de Trámites Básicos" e "Inmuebles" (Editorial Aplicación Tributaria S.A. 2007) Junto a la cdora Lorena De Luca, la autora escribió el libro Agentes de Recaudación que salió recientemente a la venta. |