Monotributo: AFIP extendió el plazo para la recategorización
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para realizar la recategorización del primer semestre del año hasta el 9 de agosto inclusive. La decisión se oficializó a través de la Resolución General 5534/2024 publicado este lunes en el Boletín Oficial.
Si bien la recategorización suele realizarse hasta los días 20 de los meses de julio y enero, la demora en la aprobación del Paquete Fiscal que incluye cambios para los monotributos, corrió los plazos. Según la AFIP el objetivo de modificar las fechas es a "fin de promover y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y/o responsables". Además se prorroga el vencimiento de la obligación de pago mensual -impuesto integrado y cotizaciones previsionales- correspondiente al período agosto de 2024.
Por último se aclara que, las obligaciones de pago resultantes de la citada recategorización tendrán efectos para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de enero de 2025. Y que, se podrá cumplir con las obligaciones de pago mensual -impuesto integrado y cotizaciones previsionales- correspondientes al período agosto de 2024, hasta el 28 de dicho mes inclusive.
Acceder al Portal Monotributo: Ingresar con la clave fiscal. Si no se posee una clave fiscal o se ha perdido, es necesario gestionarla nuevamente.
Ingresar a la opción recategorización: Detallar el monto facturado en los últimos 12 meses.
Imprimir la nueva credencial de pago: Una vez realizada la recategorización, la nueva credencial de pago estará disponible.
Es importante tener en cuenta que el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará el mes siguiente a la recategorización, no en el momento de realizarla.
¿Cómo se calcula la recategorización del monotributo?
Para calcular la recategorización del monotributo, es fundamental revisar el cuadro de Montos y categorías vigentes disponible en el portal de la AFIP. Este cuadro permite establecer los parámetros y valores a abonar por los monotributistas según sus ingresos brutos.
Fuente: Ambito