AGENTES DE RECAUDACIÓN DE IMPUESTO A LOS SELLOS

¿Qué procedimiento deben seguir los escribanos porteños?

A partir de abril, los escribanos con registros en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que autoricen escrituras públicas por las cuales se transfiera el dominio de inmuebles situados en dicha jurisdicción, en virtud de cualquier contrato a título oneroso y otros actos alcanzados por el impuesto de sellos, deberán actuar como agentes de retención del gravamen siguiendo las precisiones establecidas por la Resolución Nº 28/2009 (A.G.I.P.).

A tal efecto se deberá tener en cuenta lo siguiente: Número de inscripción como agente: Será el del registro notarial de su actuación. Dicho número deberá constar en e formulario de declaración jurada. El Colegio de Escribanos tendrá a su cargo la determinación de la autenticidad del registro, autorizando su ingreso al sistema operativo mediante el número de matrícula y la calve de usuario. Liquidación del impuesto de sellos: Los escribanos deberán presentar en el registro a su cargo, por las escrituras y demás actos autorizados durante cada mes calendario, una declaración jurada con los formularios “Declaración jurada – Boleta de depósito”. El detalle de las operaciones y la declaración jurada se generarán a través del programa aplicativo instalado en la página web del Colegio de Escribanos (www.colegio-escribanos.org.ar).

Presentación y pago: Se llevarán a cabo exclusivamente en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires mediante la boleta de depósito. La declaración jurada – boleta de depósito deberá presentarse en 2 ejemplares. Un ejemplar será retenido por el Banco y el restante, una vez intervenido por la entidad bancaria, será devuelto al presentante.

Por Analía Santos Romero, Exclusivo para eLeVé

Santos Romero egresó en 2002 como contadora pública nacional de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora (UNLZ).
Actualmente, se desempeña como secretaria de redacción y asesora impositiva de Aplicación Tributaria S.A.

La autora lleva publicado numerosos artículos sobre temas impositivos y laborales. Además, es autora del libro "Guía de Trámites Básicos (2º Edición/2008)" e "Inmuebles" (Editorial Aplicación Tributaria S.A. 2007)Junto a la cdora Lorena De Luca, la autora escribió el libro Agentes de Recaudación