CONTRIBUYENTES PORTEÑOS

Quienes no posean C.V.D.I. revestirán un alto riesgo fiscal

La Dirección General de Rentas (D.G.R.) incorporó un nuevo parámetro a los ya previstos por la Resolución Nº 1.521/2008, que determinan que los contribuyentes posean un perfil de alto riesgo fiscal. Así fue establecido por la Resolución Nº 2.706/2008 (D.G.R.).

El nuevo parámetro está relacionado con la falta de presentación ante la Dirección General de Aduanas, por parte de los contribuyentes locales que intervienen en las operaciones de importación y de exportación, del Certificado de Validación de Datos de Importadores (C.V.D.I.).

La medida obedece a que la Resolución Nº 220/2008 (A.G.I.P.) dispuso que el Organismo Fiscal procederá a clasificar a los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos, de acuerdo a los niveles de riesgo fiscal que detente, en función del grado de cumplimiento de sus obligaciones formales y materiales durante los últimos tres (3) años calendarios.

Consecuentemente, se establecieron cuatro (4) niveles de riesgo: Alto, medio, bajo y sin riesgo fiscal.

En virtud de ello, la D.G.R. considerará contribuyentes de lato riesgo fiscal a aquellos que se encuentren en las siguientes situaciones:

- En los últimos doce (12) meses no hubieran presentado seis (6) o más declaraciones juradas y/o anticipos mensuales.

- El impuesto abonado sea inferior al cincuenta por ciento (50%) del impuesto que hubiera correspondido ingresar de acuerdo a lo declarado por los contribuyentes en los últimos doce (12) meses.

- Los contribuyentes y/o responsables a quienes se les hubiera realizado la cancelación de oficio.

- Los contribuyentes y/o responsables inscriptos en el Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos que por su naturaleza societaria (S.A., S.R.L., etcétera) no corresponde la inclusión en dicho régimen.
- Los contribuyentes y/o responsables no localizados en el domicilio fiscal declarado.
- Los contribuyentes que hubieran presentado el cese en el impuesto sobre los ingresos brutos a través de la página web de Rentas, hasta tanto se le otorgue el cese definitivo.
- Los contribuyentes y/o responsables que fueran deudores de cualquiera de los tributos recaudados por la D.G.R., ya sean deudas administrativas o judiciales mayores a $ 10.000.
- Los grandes contribuyentes que no hubieran dado cumplimiento al reempadronamiento dispuesto por la Resolución Nº 4.192/2007.
- Los contribuyentes y/o responsables que hubieran acogido a un plan de facilidades de pago por cualquiera de los tributos recaudados por la D.G.R., y cuando dichas regularizaciones hubieran incurrido en caducidad, siempre que el saldo de dicha caducidad resulte ser superior a $ 10.000, sumados cada uno de los saldos de los planes caducos y pendientes de regularización.
- Los contribuyentes y/o responsables del impuesto sobre los ingresos brutos categoría locales que no presenten ante la Dirección General de Aduana, en su calidad de agente de percepción, el Certificado de Validación de Datos de Importadores expedido por la Administración Federal de Ingresos Públicos para los sujetos que realicen importaciones definitivas de bienes o mercaderías.

Alícuota a aplicar:

Si como consecuencia de la consulta efectuada al padrón de contribuyentes publicado en la página web del Organismo Fiscal, surge que el contribuyente y/o responsable posee un nivel de riesgo alto, el agente de recaudación deberá aplicar las siguientes alícuotas:

- Alícuota de retención: 3%

- Alícuota de percepción: 6%

Por Dra. Analía Santos Romero.

Exclusivo para ELEVE

Santos Romero egresó en 2002 como contadora pública nacional de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora (UNLZ). Actualmente, se desempeña como secretaria de redacción y asesora impositiva de Aplicación Tributaria S.A.

La autora lleva publicado numerosos artículos sobre temas impositivos y laborales. Además, es autora del libro "Guía de Trámites Básicos" e "Inmuebles" (Editorial Aplicación Tributaria S.A. 2007)

Junto a la cdora Lorena De Luca, la autora escribió el libro Agentes de Recaudación que salió recientemente a la venta.