PREVISIONAL

RENATEA informa sobre la vigencia del Seguro por Servicios de Sepelio para trabajadores agrarios y el aplicativo para su cancelación

El Director General del RENATEA informó mediante una nota la plena vigencia del Servicio de Sepelio previsto en los artículos 16 bis, 16 ter y 16 quater de la Ley N” 26.727 (mod. de la Ley N° 25.191). Dicho aporte reviste el carácter de obligatorio para todos los trabajadores agrarios, y absorbe cualquier otro beneficio igual o similar que se encontrara vigente antes de la sanción dicha Ley.

Recuerda que, los empleadores tienen la obligación de retener mensualmente un importe equivalente al uno y medio por ciento (1,5%) del total de las remuneraciones que se devenguen a partir de la vigencia de la ley que aprueba el Régimen de Trabajo Agrario (6 de enero de 2012).

Respecto a la cancelación de la obligación, se recuerda que, por medio de la Resolución General AFIP 3308/12 se ha puesto operativa la versión 36 release 0 del aplicativo SICOSS y “Su Declaración Online”, a través de los cuales debe determinarse el concepto “Aporte RENATEA — Seguro por Servicios de sepelio” (Código 935) según las modalidades contractuales establecidas. Debiendo efectuarse en forma exclusiva a través del F931. Cualquier otra forma de ingreso es inválida y generará ¡a deuda correspondiente.

Para la cobertura de este Seguro, los trabajadores agrarios y/o integrantes de su grupo familiar deberán presentar la documentación requerida en las Delegaciones del Registro o en las Oficinas / Unidades de Empleo Municipales habilitadas.

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Fuente: EnNotas