Si un matrimonio se divorcia por "desamor", no hay culpables
En primera instancia, el hombre había sido condenado por infidelidad. En primera instancia, la Justicia había decretado el divorcio vincular por exclusiva culpa del esposo y, por ende, lo había condenado a pasar alimentos. Invocaba como causa el adulterio. Pero la Sala B de la Cámara Civil revisó y cambió todo. Habló de lo que significa un matrimonio y de lo arbitrario que puede ser una sentencia "que recree las figuras de un culpable’ y un inocente’ en el divorcio". Mas bien encontró una explicación en el "desamor" y citó a Francoise Dolto cuando dijo que "la culpa es un veneno destilándose" en el seno de una familia.
Desde el punto de vista jurídico, el caso tiene causas objetivas y otras subjetivas. Lo objetivo es que el hombre se fue de la casa. Lo subjetivo, el adulterio y las injurias graves que le adjudicaba la esposa.
El juez que fundamentó el fallo, Mauricio Mizrahi, fue contundente a la hora de valorar las causas subjetivas. "Es harto improbable la determinación, con un grado razonable de certeza, del real responsable -si es que existe- del fracaso conyugal —escribió-. Es que no debe perderse de vista que en el vínculo matrimonial se parte de una comunidad de vida en la que se entremezclan comportamientos cuyos respectivos orígenes son de muy difícil identificación. La realidad es que el juez no podrá conocer lo que ha sucedido en la intimidad del hogar".
Con semejante declaración de principios, la Sala se abocó a los hechos que consideró probados.
El hombre se apartó del hogar en noviembre de 1997. La separación fue reconocida por la mujer, quien lo responsabilizaba por eso. En el año 2003 le envió una carta documento en la que decía la causa era el adulterio. El Tribunal cita otras expresiones de la esposa: "Fuertes desencuentros en la pareja", un deterioro paulatino, el "desamor y desinterés" del marido en la pareja, en suma, "el desquicio o fracaso de nuestro matrimonio".
Pero la Sala B encontró que la mujer, con el paso del tiempo, cambió de parecer. Dejó de reconocer la ruptura de la unión en 1997 y la imputó a "razones laborales". "El se retira para ir detrás de ella", dijo la esposa, y por eso consiguió el traslado en su trabajo a una ciudad del sur bonaerense. También dijo que el matrimonio funcionó como tal hasta 2003. Esto motivó una reflexión del juez Mizrahi, suscripta por los otros camaristas, Gerónimo Sanso y Claudio Ramos Feijoo, acerca del matrimonio.
Que durmiera en el "hogar conyugal" cada 15 días o un mes, que se presentaran en sociedad como matrimonio, que hayan viajado juntos a Mar del Plata... todo eso no significa nada. Bueno, "tal vez una relación armónica entre los esposos, pero de ninguna manera implica que se haya reestablecido la plena comunidad de vida tras una suerte de reconciliación".
La misma Sala había decidido en el año 2003 que incluso el nacimiento de un hijo "no comporta la reanudación de una vida en común con todas las consecuencias que ello implica".
La separación de hecho ocurrió en 1997. La acusación de adulterio ocurrió en 2003. "Durante 5 años y 3 meses la que se dice afectada permaneció en absoluto silencio". Esto implica una admisión de la voluntad de separación. La mudanza del marido, dijeron los jueces, "es una consecuencia del quiebre de la convivencia y no a la inversa".
Para la Sala B, no quedó probado que el marido haya tenido una nueva pareja antes de noviembre de 1997.
¿Y si la tuvo después? "Los derechos y deberes matrimoniales no se tornan exigibles una vez que ha quedado quebrantada la unión conyugal -sentencia el fallo-. Está en juego el derecho a la privacidad de los sujetos: ello dicho para el supuesto de que se pretendiera imponer al separado de hecho una veda absurda, como sería la imposición coactiva de una inconcebible abstinencia sexual".
En consecuencia, decretó el divorcio vincular. Sin culpas. Y sin pagos de uno a otro. (CLARÍN)