LABORAL

Sigue vigente doble indemnización

Sobre la vigencia de la doble indemnización que el empleador debe pagarle al trabajador despedido hay posiciones encontradas. Sin embargo, desde el Ministerio de Trabajo aseguran que la carga para la empresa sigue en pie.

La doble indemnización surgió del Congreso Nacional en enero de 2002, cuando la crisis económica que se sucedió el año anterior hacía estragos entre la clase trabajadora. La ley de Emergencia Pública fue establecida por 180 días, aunque depende de la tasa de desempleo existente.

Cuando esa tasa supera los dos dígitos, la ley tiene plena vigencia; cuando, por el contrario, desciende a un solo dígito no tiene validez. Aunque la forma de computar los planes sociales establece una zona de sombras al respecto.

"No salió ninguna normativa que haya derogado el recargo indemnizatorio. La cifra actual de desempleo es inferior a dos dígitos porque toma como ocupados a los beneficiarios de los planes sociales. Pero sin planes, supera el 10%. Por eso sigue vigente el plus indemnizatorio del 50% para los trabajadores con una antigüedad en el empleo anterior a diciembre de 2002", aseguraron desde el Ministerio.

Aunque la afirmación choca con la que defiende el asesor empresario Daniel Funes de Rioja, quien aseguró que la "doble indemnización quedó derogada automáticamente", dado que el INDEC (organismo a cargo de las mediciones sobre desocupación) informó que el desempleo es del 8,7%, y que con esta norma legal alcanza.

En tanto, el diputado nacional y abogado laboralista Héctor Recalde, en diálogo con el diario Clarín afirmó que el recargo indemnizatorio "está vigente porque el Gobierno no lo derogó".

Por su parte, Marcelo Aquino, abogado del estudio Baker & McKenzie, sugiere a sus clientes "no pagar la indemnización agravada, e intentar instrumentar los acuerdos en el Ministerio de Trabajo, donde no se reconoce tal indemnización derogada".

Empero, el abogado laboralista Horacio Schick asesora lo contrario y recalca que la Ley de Contrato de Trabajo establece que "en caso de duda, debe aplicarse la norma más favorable para el trabajador".

En tanto, el INDEC –como sostuvo Funes de Rioja- midió en el último trimestre de 2006 una tasa de desempleo del 8,7%. Pero contando como desocupados a los beneficiarios de planes sociales esa cifra llegaba al 10,1%. Para el primer trimestre de 2007 el número sería del 9,7%, aunque, de nuevo, sumando los planes supera el dígito. Así, para Trabajo el plus continuaría vigente.

Fuente: www.minutouno.com