A pedido de la FACPCE, INAES modificó la Resolución Nº 4579/09
El INAES dictó la Resolución 221/10 que, a través de una nueva redacción de su articulado, modifica la Resolución 4579/09.
La nueva normativa establece que se debe dejar constancia que el auditor ha dado cumplimiento con lo dispuesto en las Resoluciones UIF Nº 03/2004, 125/2009 y complementarias, y a los procedimientos establecidos en las normas dadas a conocer por los respectivos Consejos Profesionales de Ciencias Económicas en materia de prevención del lavado de activos y de la financiación del terrorismo en:
Los informes de auditoría de mutuales, contemplados en la Resolución Nº 1151/02 y en el artículo 17 inciso d) de la Resolución Nº 1418/03, - T.O. 2773/08 –
Los informes de auditoría de cooperativas contemplados en el artículo 81 de la Ley 20337 y en la Resolución Nº 247/90.
De esta forma el INAES responde a la nota presentada al Presidente del Instituto Nacional de Economía Social (INAES) en la que manifestábamos nuestra preocupación en relación a la Resolución 4579/09.