Actividad Agrícola: la FACPCE solicitó extender el plazo para brindar información a la AFIP

La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas solicitó a la AFIP la extensión del plazo previsto para las obligaciones de información de la Resolución General 2750.

La RG 2750 establece el 28 de febrero de 2010 como plazo límite para informar sobre la existencia de granos no destinados a la siembra (cereales y oleaginosos) y legumbres secas (porotos, arvejas y lentejas) de propia producción y comunicar la capacidad de producción de los contribuyentes que desarrollen la actividad agrícola.

Nuestra Institución considera necesario establecer un plazo adicional hasta el 31 de marzo de 2010, considerando la novedad del requerimiento y la escasez de tiempo para recopilar la información solicitada.