Articulos impositivos destacados del mes de diciembre

eLeVe les acerca a sus lectores los artículos destacados impositivos del mes de Diciembre, con la posibilidad de poder adquirir cada uno de estos títulos por separado.

Aplicación Tributaria desde hace más de 25 años le viene ofreciendo a los profesionales la posibilidad de acceder a la más completa información a través de sus diferentes revistas: Técnica Laboral, Técnica Impositiva, Técnica Contable y Técnica Societaria.

Si bien cada uno de estos ejemplares desde sus inicios han sido publicados en forma impresa, hoy por hoy y de la mano de nuestro permanente crecimiento tecnológico las dos primeras se siguen imprimiendo, pero las revistas societaria y contable ya han sido incorporadas en su formato únicamente digital a la suscripción DentroDe.


IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS C.A.B.A.

Declaraciones Juradas Anuales. Certificación Contable

AUTORA: ANALÍA SANTOS ROMERO

1. INTRODUCCIÓN

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los contribuyentes inscriptos en la categoría “locales” (excluidos los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado) y los contribuyentes inscriptos en el régimen de Convenio Multilateral organizados jurídicamente como sociedades regulares de acuerdo con la Ley Nº 19.550 debían presentar sus declaraciones juradas anuales del impuesto sobre los ingresos brutos mediante transferencia electrónica y luego, debían presentar una certificación contable suscripta por el profesional interviniente cuya firma debía estar debidamente legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA).

De conformidad con lo establecido por la Resolución Nº 2.216/2006 (D.G.R.), con as modificaciones introducidas por la Resolución Nº 337/2009 (A.G.I.P.), los contribuyentes citados debían presentar ante la Dirección General de Rentas, en los Centros de Gestión y Participación Comunal, en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el Consejo de Graduados en Ciencias Económicas, una copia del formulario Declaración Jurada Anual CM05 con la confirmación de la transferencia electrónica de la misma, acompañada de la certificación contable suscripta por el profesional interviniente cuya firma deberá estar debidamente legalizada por el Consejo Profesional antes mencionado.(...)

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ASOCIACIONES CIVILES

Aspectos Impositivos

AUTOR: HORACIO MIGUEL CALABRÓ

1. INTRODUCCIÓN A LA PROBLEMÁTICA FISCAL DE LAS ASOCIACIONES CIVILES

¿Las asociaciones civiles son sujetos totalmente exentos de impuestos o son sujetos en principio gravados pero con amplias exenciones si cumplen determinados requisitos?

Las Asociaciones Civiles en principio son sujetos gravados en todos los impuestos nacionales y provinciales que habitualmente gravan a las personas jurídicas de carácter privado (sociedades comerciales y entidades sin fines de lucro).

Es un error metodológico partir de la premisa de que “las Asociaciones Civiles están exentas de todos los impuestos”. Con el correr del tiempo los organismos recaudadores ponen cada vez más énfasis en esta situación. La respuesta correcta a la pregunta del título es:

  • Las Asociaciones Civiles son, en principio, sujetos gravados en todos los impuestos nacionales y provinciales. Ahora bien, cuando cumplan efectivamente sus fines sociales de bien común, funcionen efectivamente sin propósito de lucro, no distribuyan utilidades entre sus miembros y destinen sus activos y los fondos obtenidos a sus fines específicos, tendrán amplias exenciones en casi todos los gravámenes nacionales y provinciales. (...)

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REGÍMENES DE INFORMACIÓN

Nuevo Régimen de Información de Compras y Ventas

AUTORA: ANALÍA SANTOS ROMERO

1. INTRODUCCIÓN

Mediante la Resolución General Nº 3685 (B.O. del 22/10/2014), la Administración Federal de Ingresos Públicos puso en marcha un nuevo régimen de información respecto de las operaciones de venta, compra, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios, locaciones y prestaciones efectuadas y recibidas.

Por otra parte, sustituye el texto de la Resolución General Nº 1361, por medio de la cual se establecía un régimen especial de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes y de registración de operaciones.

En esta oportunidad, procederemos a analizar los aspectos más destacados del nuevo régimen de información, el cual entrará en vigencia el 1º de enero de 2015. (...)

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