NOVEDADES EDITORIALES
Artículos laborales destacados del mes de junio
eLeVe les acerca a sus lectores los artículos destacados laborales del mes de junio, con la posibilidad de poder adquirir cualquiera de los estos títulos por separado.
Aplicación Tributaria desde hace más de 25 años le viene ofreciendo a los profesionales la posibilidad de acceder a la más completa información a través de sus diferentes revistas: Técnica Laboral, Técnica Impositiva, Técnica Contable y Técnica Societaria.
Si bien cada uno de estos ejemplares desde sus inicios han sido publicados en forma impresa, hoy por hoy y de la mano de nuestro permanente crecimiento tecnológico las dos primeras se siguen imprimiendo, pero las revistas societaria y contable ya han sido incorporadas en su formato únicamente digital a la suscripción DentroDe.
RÉGIMEN DE SANCIONES POR INFRACCIONES LABORALES
Su Modificación
AUTORA: MARCELA MEDRANO
El régimen de sanciones por infracciones laborales se encuentra regulado por la Ley Nº 25.212, en cuyo texto encontramos la descripción de las infracciones y las sanciones correspondientes.
Con la reciente sanción de la Ley Nº 26.941 se modifica parcial la Ley Nº 25.212, en lo que hace a la metodología en la graduación de las sanciones. Hasta la reforma se aplicaba una multa basada en un valor fijo en pesos, de acuerdo a la infracción cometida, ahora se aplica un porcentaje del salario mínimo vital y móvil, lo que hace que las infracciones leves serán sancionadas desde un apercibimiento hasta la aplicación de un porcentaje variable entre el quince por ciento (15%) y el ciento cincuenta por ciento (150%) del valor mensual del salario mínimo vital y móvil (S.M.V.M.).
Las infracciones graves se sancionarán con multas del treinta por ciento (30%) al doscientos por ciento (200%) del S.M.V.M. por cada trabajador afectado y para las infracciones que se califican como muy graves se aplicará una multa que va del cincuenta por ciento (50%) al dos mil por ciento (2.000%), en caso de reincidencia también se incrementan.
Se incluye la posibilidad de clausura en caso de reincidencia, llegando la misma hasta los diez (10) días, además de incluir la obstrucción en esta nueva metodología de cuantificar las multas. (...)
CONTRATO DE TRABAJO
Solidaridad
AUTOR: EDUARDO O. SCHIEL
Siendo las organizaciones sistemas abiertos que para su funcionamiento necesitan imperiosamente vincularse con el entorno que las rodea, las empresas entre sí realizan un sinnúmero de contratos, de infinidad de categorías, tanto típicos como atípicos.
Ciertos contratos (no todos) que entre las empresas celebran tienen efectos en el contrato de trabajo, ya que generan una ampliación de la responsabilidad empleadora extendiéndola, generalmente de modo solidario, a todas las empresas contratantes.
Entre las formas clásicas de este tipo de solidaridad la Ley de Contrato de Trabajo (L.C.T.) establece, taxativamente, las siguientes situaciones:
Contratación de trabajadores por medio de empresa de servicios eventuales u otros intermediarios (art. 29 y 29 bis L.C.T.)
Subcontratación para trabajos o servicios correspondientes a la actividad normal y específica del establecimiento (artículo 30 L.C.T.).
Empresas subordinadas o relacionadas (artículo 31 L.C.T.).
Transferencia de establecimiento (artículos 225 y 226 L.C.T.).
Arrendamiento o cesión transitoria de establecimiento (artículo 227 L.C.T.).
Cesión de personal (artículo 229 L.C.T.).
Transferencia a favor del Estado (artículo 230 L.C.T.).
En el presente artículo haremos una breve referencia y análisis de estas situaciones. (...)
PROMOCIÓN DEL TRABAJO REGISTRADO Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE LABORAL
Su Análisis
AUTORA: MARCELA MEDRANO
El día miércoles 21 de mayo de 2014 la Cámara de Diputados de la Nación aprobó por amplia mayoría y convirtió en Ley Nº 26.940 el proyecto de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención el Fraude Laboral.
Este proyecto sancionado, se encuentra promulgado por el Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto Nº 777/2014, contempla la reducción de contribuciones patronales para microempresas, medidas de fortalecimiento en la fiscalización y capacidad de inspección del Estado nacional y la creación de un registro donde se incluirá a las empresas que violen la legislación laboral.
La ley se orienta a articular una serie de acciones e instrumentos para estimular la formalización laboral y el fortalecimiento de las capacidades estatales en prevención y sanción del incumplimiento de las normas del trabajo y de la seguridad social. (...)