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Bienes Personales: el reintegro será por transferencia bancaria

A mediados de diciembre, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comenzaría a devolver dinero a los contribuyentes del impuesto sobre los Bienes Personales. Se trata de unas 300.000 personas que dejan de pagar ese tributo como resultado de la reforma que el Senado convirtió en ley el miércoles pasado.

Esta situación deriva de que se elevó hasta los 305.000 pesos el monto a partir del cual se empieza a pagar este tributo. Este cambio rige en forma retroactiva al 1º de enero. Por eso, quienes ahora quedan fuera del tributo recibirán la devolución de lo que hayan pagado a lo largo del año en carácter de anticipos.

El mecanismo de reintegro está siendo elaborado en el organismo recaudador. Pero según pudo saber Clarín, tendría las siguientes características:

El trámite se hará a través de la página de la AFIP en Internet. Se creará un link especial, donde los contribuyentes deberán ingresar los datos de su patrimonio y una clave para transferencias bancarias (la llamada CBU), donde el organismo oficial acreditará el dinero del contribuyente.

Para tener derecho a la devolución, la persona deberá haber contado en su declaración jurada de bienes de 2006 (que se presentó en abril de 2007) con un patrimonio inferior a los 305.000 pesos que se fijaron como nuevo mínimo de referencia.

La AFIP verificará los datos declarados por el contribuyente. Y en caso de encontrar todo en regla, acreditará el dinero en la cuenta bancaria que se le indique. Esto podría demandar entre 48 y 72 horas, aproximadamente.

Por un patrimonio de unos 300.000 pesos, al contribuyente le corresponderían pagar unos 989 pesos, según los cálculos que hizo la AFIP en base al régimen "viejo" (es decir, el 0,5% sobre el excedente de $ 102.300). Dado que esa cifra se paga en 5 anticipos iguales, el monto a reintegrar dependerá de cuántos anticipos haya pagado.

Si se cumplen los plazos previstos, la devolución estará lista antes del vencimiento del cuarto anticipo (15 de diciembre). El quinto vence en febrero de 2008. Así, el máximo a reintegrar sería equivalente a 3 anticipos.

Quienes tienen patrimonios declarados a 2006 por más de 305.000 pesos también podrían pagar menos impuesto según las nuevas escalas. Pero en esos casos, se hará una compensación según el régimen habitual: se puede pagar menos por anticipos futuros o, directamente, dejar de pagar el último si el cálculo así lo permite. Pero no habrá reintegro de efectivo ni pago a cuenta de otros tributos. (CLARÍN)