Dan licencia a empleados públicos que deban cuidar a sus hijos por clases virtuales
A pesar de que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires decidió no acatar el decreto presidencial, desde este lunes las clases presenciales están suspendidas en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). Por eso, se autorizó a trabajadores de la administración pública nacional a pedirse licencia mientras duren las clases virtuales para poder cuidar a los chicos a su cargo.
La medida rige sólo para niños, niñas y adolescentes de hasta 14 años que estudien en escuelas del AMBA, aunque en caso de que sean chicos con alguna discapacidad no rige el límite de edad, y deberán tener el Certificado Único de Discapacidad (CUD).
El permiso de licencia rige para padres, madres y adultos responsables de menores de edad de todas las jurisdicciones, entidades y organismos de la Administración Pública Nacional. Podrán solicitar la licencia con vigencia hasta el 30 de abril de 2021, fecha en que finalizará la suspensión de clases presenciales.
La posibilidad de pedir esta licencia se otorgó "a los fines de facilitar la compatibilización de la integridad familiar, que en este marco de emergencia implica también el apoyo a la escolaridad virtual", indica la decisión administrativa 378/2021 del Sector Público Nacional firmada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro del Interior, Eduardo "Wado" de Pedro.
"Resulta imprescindible otorgar licencia a uno de los progenitores o una de las progenitoras convivientes, tutores y tutoras o curadores y curadoras, en la medida que presten servicios en el Sector Público Nacional en el AMBA y tenga a su cargo menores de menos de 14 años o bien niños, niñas y adolescentes con Certificado Único de Discapacidad en cuyo caso no regirá dicho límite edad, la que será otorgada por el período indicado en el considerando precedente", sostiene la normativa.
Además, se invita a adoptar medidas similares al resto de los ámbitos públicos afectados: Poder Judicial y el Legislativo, así como a la provincia de Buenos Aires, la Capital Federal y los municipios del conurbano bonaerense.
La normativa recordó además que hasta el 30 de abril el personal de todas las jurisdicciones, organismos y entidades del Sector Público Nacional deberán priorizar la prestación de servicios mediante la modalidad de teletrabajo.
Cómo pedir la licencia
La licencia podrá ser solicitada por el trabajador o trabajadora del sector público en la medida que se encuentre declarado el vínculo con los niños, niñas y adolescentes en sus legajos personales, "debiendo encuadrar el área respectiva las inasistencias por razones de fuerza mayor o bien efectuar un encuadramiento análogo según el régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias aplicable al personal de cada organismo".
En el supuesto de que ambos progenitores convivientes presten servicios en el Sector Público Nacional, la justificación se otorgará solo a uno de ellos o una de ellas.
Qué pasa con el resto de las familias
Antes de que comience el ciclo lectivo 2021, cuando ya se sabía del regreso a la presencialidad, el Ministerio de Trabajo elaboró una resolución que prevé medidas especiales para que madres, padres, familiares o personas a cargo que trabajan puedan permanecer en sus casas cuando sea necesario, de forma que hijos e hijas no se tengan que quedar solos en las horas de clase.
La resolución 60/2021 indica que "a partir del inicio del ciclo lectivo 2021 en cada jurisdicción, se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente".
En la siguiente nota se explica cómo solicitar la licencia y en qué casos aplica:
¿Hay clases presenciales?
Tras un fallo de la Justicia porteña, el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta , anunció anoche que en la Ciudad de Buenos Aires habrá clases presenciales a pesar del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el Gobierno de Alberto Fernández para suspender por dos semanas las clases en las escuelas del AMBA.
El fallo de la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo dio curso a una media cautelar para suspender el artículo 2 ° del DNU PEN 241/2021 y "cualquier otra medida dictada en consecuencia y se ordena al Estado nacional que se abstenga, hasta tanto se dicte sentencia definitiva, a poner en ejecución ese Decreto".
Puntualmente, fue observado al afirmar que "la Ciudad Autónoma cuenta con potestades exclusivas para organizar el sistema educativo en su jurisdicción y que, en caso de omitir tal mandato constitucional, peligra el goce de su propia autonomía". Por eso, hasta que la Corte Suprema no se expida sobre esto, habrá presencialidad en Capital Federal, aunque algunas escuelas informaron a su comunidad educativa que igualmente dictarán clases virtuales. En otras, los docentes hacen paro, aunque también hay alumnos que no asisten por decisión familiar.
Fuente: BAE Negocios