ART | FALLOS DISÍMILES

Distintos criterios en juicios por los accidentes de trabajo

La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires hizo responsable a una ART por un accidente de trabajo, mientras que en una causa similar el Alto Tribunal de Córdoba la excluyó de la condena.

Así la Justicia está dividida frente a la "responsabilidad solidaria" de las ART por los accidentes laborales que se producen en empresas aseguradas que no cumplen las normas de seguridad.

En la causa contra Incico, un trabajador tuvo una grave lesión en un ojo mientras manipulaba un rollo de alambre (con una incapacidad del 47%) por la falta de provisión por parte de la empresa de anteojos de seguridad.

Según la Justicia bonaerense la ART no intimó a la empresa a cumplir con las medidas de prevención cuando por la Ley de Riesgos de Trabajo están obligadas a hacerlo.

En cambio, la Corte Suprema de Córdoba revisó un fallo de primera instancia contra Cumino y Cia. y resolvió excluir a la ART del pago solidario de las indemnizaciones por responsabilidad civil.

Según el fallo, la ART solamente es responsable de pagar las indemnizaciones tarifadas que fija el sistema. Y que por la falta de fiscalización de la Aseguradora sobre la empresa, "el mismo sistema prevé otras sanciones, como multas que aplicará la autoridad de aplicación" (Superintendencia de Riesgos del Trabajo).

Lo novedoso del fallo bonaerense es "que si se produce un accidente, con un nexo de causalidad entre el incumplimiento de la empresa y el daño que sufre el trabajador, la ART también debe compartir la reparación en forma solidaria con el empleador", sostiene el abogado laboralista Horacio Schick.

Para Mara Bettiol, directiva de la Unión de ART, "el crecimiento en la cantidad de juicios que se observa desde 2004 demuestra la necesidad del dictado de una norma ordenadora del desequilibrio actual". (Clarín)