El Gobierno actualizó los requisitos para las Pensiones No Contributivas por Invalidez
El Gobierno dispuso la actualización de los requisitos para acceder a las Pensiones No Contributivas por Invalidez de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Fue mediante el decreto 7/2023, publicado este viernes en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Alberto Fernández y del jefe de Gabinete Juan Manzur.
La Agencia Nacional de Discapacidad, que depende de la Secretaría General de Presidencia, fue facultada para dictar las normas aclaratorias y/o complementarias que sean necesarias para la efectiva aplicación de lo dispuesto en el decreto.
El Gobierno justificó la actualización del proceso de otorgamiento de las Pensiones No Contributivas por Invalidez al tener en cuenta el tiempo transcurrido desde el dictado del decreto 432/97, que las creó.
Por ese motivo, subrayó que "en virtud del reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad y de aquellas que, por su condición de salud y vulnerabilidad social, económica y geográfica se encuentran limitadas para realizar los CMO, es indispensable extender la competencia en la expedición de dicha certificación a los profesionales médicos de la Agencia Nacional de Discapacidad, a los efectos de hacerla accesible en todo el territorio argentino".
La Pensión No Contributiva por Invalidez fue instrumentada con el objetivo de acompañar a las personas con discapacidad que se encuentren en situación de vulnerabilidad social.
Este beneficio está dirigido a personas que acrediten una disminución de 76% o más de la capacidad laboral y que se encuentren en situación de vulnerabilidad social.
Cabe destacar que la Pensión no Contributiva por Invalidez es incompatible con dos de las principales prestaciones de la ANSES, el organismo que conduce Fernanda Raverta. Se trata de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo para Protección Social.
Desde el ente previsional aclaran que en caso que se otorgue la pensión, se suspenderá el cobro de las AUH y AUE. En su lugar podrá percibirse las Asignaciones Familiar por Hija o Hijo o Asignación Familiar por Prenatal, según corresponda.
Fuente: c5n.com