El Gobierno ratificó el cobro anticipado de derechos de exportación
Lo hizo mediante la publicación en el Boletín Oficial de una resolución conjunta de los Ministerios de Agroindustria, Producción y Hacienda.
La metodología impuesta en tiempos kirchneristas se impuso con el objetivo de lograr un ingreso más fluido de divisas y conocer el volumen proyectado de las exportaciones.
Actualmente, la soja tributa el 30 por ciento y el complejo sojero un 27 por ciento.
La norma determina que, en el nuevo sistema de "ventanilla única", para el caso de que "los productos a exportar estén gravados con derechos de exportación, el exportador deberá efectivizar su pago dentro de los cinco días hábiles desde la aprobación de las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE-180) correspondientes, por al menos, al 90% de la cantidad (peso o volumen) declarada".
"Sin perjuicio de ello, el exportador podrá optar por el régimen especial denominado DJVE-45, en cuyo caso el plazo de validez de las DJVE será de 45 días corridos desde su aprobación, para que el exportador oficialice la destinación de exportación para consumo ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)", graficó la resolución.
En este caso, "si el producto estuviera gravado con derechos de exportación, el pago deberá efectuarse al momento de dicha oficialización", explicó el Poder Ejecutivo.
Esos párrafos son prácticamente una copia del texto correspondiente a la resolución 7552/09 de la antigua Oncca, revalidada por la resolución conjunta 4/15, 7/15 y 7/15.
A través de esa operatoria, el gobierno kirchnerista logró acelerar el ingreso de recursos tributarios a costa de un esfuerzo financiero importante del sector agroexportador.
Desde que se implementó esa metodología a fines del 2009, la recaudación por derechos de exportación comenzó a depender de manera creciente de los volúmenes adelantados por las "retenciones anticipadas".
La resolución conjunta 1-E/2017 además dispone que para aprobar DJVE, las autoridades de la Unidad de Coordinación y Evaluación de Subsidios al Consumo Interno (Ucesci) realizará controles de "validez y vigencia de la Inscripción en los Registros del Ministerio de Agroindustria, cotejo entre la fecha de oficialización de la DJVE".
Además, dispone el "cotejo del precio FOB oficial determinado por el Ministerio de Agroindustria para los productos agrícolas (…) y control del horario del registro y oficialización de las DJVE".
En caso de detectarse discrepancias o anomalías, la norma indica que las DJVE "serán rechazadas y no se procederá a su aprobación, registrando este evento en el Sistema Informático Malvina (SIM)".