JUSTICIA
Fallo avala a inspectores encubiertos para detectar evasión
La Cámara en lo Penal Económico avaló hoy la posiblidad de que los inspectores de la AFIP simulen ser compradores o clientes de servicios para detectar eventuales casos de evasión fiscal, siempre bajo orden judicial.
El tribunal lo entendió así al revocar una decisión de un juez de instrucción que había declarado nula el acta de un procedimiento realizado bajo esta modalidad a una empresa, según detalla un fallo al que tuvo acceso Télam.
Los camaristas Marcos Grabivker y Roberto Hornos fallaron así a favor de la AFIP, que había apelado la decisión de invalidar el procedimiento contra la empresa "Penibianc SRL" y declarar la absolución del contribuyente.
En ese caso, un inspector del organismo se había hecho pasar por cliente para constatar dos denuncias que indicaban que en el local de la firma, en Nueva York 4084 de Capital Federal, no entregaba facturas.
Los camaristas recordaron que mediante supervisión judicial, los funcionarios de la AFIP pueden "en el ejercicio de sus facultades" actuar como "compradores de bienes o locatarios" de servicios para "constatar el cumplimiento por parte de los vendedores o localores de la obligación de emitir y entregar facturas".
Según la causa, la empresa habría sufrido dos denuncias en su contra porque "no habría emitido espontáneamente comprobantes".
Las denuncias "tienen entidad suficiente para habilitar al juez administrativo a utilizar la atribución de excepción y de uso prudente y restrictivo de autorizar a los inspectores a actuar como compradores de bienes con el fin de constatar el cumplimiento de las normas establecidas por la AFIP", concluyó el tribunal. (Télam)