Fallo judicial sentó un precedente clave en la protección de ahorristas

Después de cuatro años de debate, la sala A de la Cámara de Apelaciones en lo Comercial dictó sentencia y responsabilizó a la banca local por manejar de fondos de la banca off shore no autorizada a operar en el país.

Se trata de un leading case que se llevó adelante contra el Banco Austral, quien mediante un convenio de colaboración con el Austral Bank captó fondos del público en la Argentina con el fin de actuar como corresponsal de dicha entidad

Gastón Alejandro Montagna, el abogado que llevó adelante el caso, explicó a Infobae.com que la entidad se capitalizaba con dinero de los ahorristas "atendiendo mediante la facilitación de sus instalaciones y personal a la celebración de operaciones típicamente financieras como la captación y eventual colocación de fondos a plazo fijo".

"La tasa ofrecida tampoco era elevada, un 6% anual en dólares", especificó. Justamente, es común que un rendimiento bajo sea percibido por los ahorristas como una garantía de cobro, mientras que las tasas elevadas son consideradas más riesgosas.

"Los ahorristas iban al Banco Austral y en la entidad les daban certificados de depósito del Austral Bank, con sede en las Islas Caimán. Si bien los clientes no estaban advertidos, era evidente que se trataba de una banca off shore", añade el abogado.

Montagna indica que patrocinó a dos de los damnificados, pero que fueron cientos los que iniciaron los reclamos. La mayoría desistió de la causa, mientras que otros siguieron acciones penales, en las que si bien no hay resarcimiento, se obtuvo una sentencia contra los directivos.

En este caso, los patrocinados iniciaron acciones por un depósito por u$s550 mil, realizado en 1995. En 1996 se produjo la quiebra del Banco Austral, cuya respuesta a los ahorristas fue un escueto "Ustedes vayan a cobrar a las Islas Caiman".

Montagna refiere que "es común en casi todos los bancos que quiebran que tengan una banca off shore", como sucedió con los desaparecidos bancos Mayo y Negocios. "La diferencia es que en todos los casos anteriores, la Justicia falló que no había resarcimiento. Ahora, al establecerlo sienta un precedente muy importante".

La Cámara Comercial entendió que la celebración de un contrato de colaboración entre ambos bancos conformó una típica operatoria bancaria, responsabilizando solidariamente al banco local dado que la banca off shore no tenía autorización para operar en el mercado argentino. Entendió así que comprometió y afectó a la seguridad y confiabilidad del sistema económico y financiero del país.

Sin embargo, el daño al ahorrista nunca logra ser suficientemente compensado. "El monto en una quiebra se pesifica, así que estamos hablando medio millón de pesos. El resarcimiento pasó a prorrata, por lo que se cobraron 100 mil pesos", una cifra considerable, aunque no suficiente, en este caso, para equilibrar los ahorros perdidos.

No obstante, se sentó un precedente que protege al inversor local que en muchas ocasiones es seducido a realizar inversiones en el exterior a través de corresponsales que no cuentan con autorización del Banco Central para operar en el país, y que al momento de incumplir no podían hasta la fecha responsabilizar al banco local que actuó en la intermediación de las operaciones.

Montagna recuerda que "fue el único incidente en este sentido que se continuó hasta la sentencia. Fue un tema muy controvertido y estuvo cuatro años hasta obtener el fallo de Cámara". (INFOBAE)