Financiamiento Pymes. Programa "Mi Galpón".

Este programa bonifica la tasa de interés en créditos del Banco Nación destinados a la construcción o compra de galpones nuevos o usados para uso Industrial.

Beneficiarios:

Micro Pequeñas y Medianas Empresas (conforme los parámetros establecidos en la Resolución SEPYME Nº 24 de fecha 15 de febrero de 2001, sus modificatorias y complementarias), bajo cualquier forma societaria o unipersonal, de los sectores económicos, industriales, de construcción o de servicios industriales, que desarrollen la actividad industrial.

Las Cooperativas serán sujeto del beneficio de bonificación de tasa cuando cumplan con los siguientes requisitos:

(a) no superen la facturación límite prevista en la Resolución Nº 50/13,

(b) se encuentren conformadas exclusivamente por MIPyMEs,

(c) sus miembros no se encuentren vinculados ni controlados por una empresa que no sea MIPyME,

(d) no sean cooperativas de servicios, que se encuentran excluidas, (e) ni la cooperativa ni alguno de sus miembros se encuentren registrados o que ejerzan las actividades indicadas en el párrafo precedente.

Destinos

Construcción o adquisición de galpones nuevos o usados para uso industrial. Monto de Crédito Bonificable:

Hasta $ 7.000.000

Plazo:

Hasta 5 años.

Tasa de Interés:

Para aquellas empresas que califiquen como Micro o Pequeña, se bonificaran CUATRO (4) puntos porcentuales anuales, mientras que para las empresas que califiquen como Mediana, recibirán una bonificación por tamaño de DOS COMA CINCO (2,5) puntos porcentuales anuales. Se detalla a continuación la tasa a pagar por la empresa con la bonificación.

Las empresas deberán contar con una DECLARACIÓN DE ELEGIBILIDAD emitida por Secretaria de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa para acceder al beneficio de la Bonificación de tasa.

Periodo de Gracia:

Hasta 6 meses, incluidos en el plazo de la operación, y sólo para capital.

Garantía a satisfacción del Banco:

Garantías hipotecarias o avales de Sociedades de Garantías Reciprocas (S.G.R).

Clasificación del Tamaño:

Podrán aplicar a los programas aquellas empresas cuyas ventas totales anuales no superen los montos establecidos en el cuadro CLASIFICACIÓN PYME y cumplan con las disposiciones reglamentadas en la resolución 11/2016.