UNA DEUDA DE LA DEMOCRACIA, SEGÚN CRISTINA
Ganancias: los jueces, funcionarios y legisladores eximidos del impuesto
Deudas de la democracia", llamó Cristina Kirchner al hecho de que los jueces sigan sin pagar impuesto a las Ganancias por sus remuneraciones. Y precisó: deudas de los poderes Legislativo -del que acaba de despedirse- y Judicial.
Siempre ha sido un tema difícil y controvertido imponerles a los magistrados una gabela que afrontan miles de argentinos. Pero no es menos cierto, también, que estos años hubo poder suficiente y legisladores propios de sobra como para empujar cualquier iniciativa así. Y mucho más, si ella provenía del Poder Ejecutivo.
En verdad, algunos proyectos de ley originados en la Cámara de Diputados existieron en estos mismos años, incluso acompañados por legisladores del propio oficialismo. En ausencia de un envión superior, terminaron cajoneados y se venció el plazo para tratarlos en el recinto.
Cierto o no, funcional a la falta de una determinación política o al modo como se relacionan los poderes, el argumento generalmente a mano fue que extender el impuesto a los jueces vulneraría el artículo 110 de la Constitución Nacional. Dice que los jueces "recibirán una compensación que no podrá ser disminuida de manera alguna mientras duren en sus funciones". Interpretación lineal que sigue: la carga fiscal disminuiría esa compensación.
Apenas conocidas las declaraciones de la futura Presidenta, desde la entidad que agrupa a los magistrados se manifestó disposición a pagar Ganancias. Pero en tanto y en cuanto se les aumentasen los salarios en igual proporción al impuesto, de modo de mantener la garantía constitucional. Sería una salida que no igualaría a jueces y contribuyentes comunes, pues, que se sepa, a estos últimos bajo ninguna forma se les reintegra el ingreso que se les saca con el gravamen.
Entre los abogados suele decirse, también, que la garantía salarial es un modo de evitar "tentaciones" a la hora de dictar sentencia. Una rareza todavía mayor.
Pero si Cristina Kirchner llama al caso una "deuda de la democracia", es porque sin duda cree o sabe que existen fórmulas legales para saldarla. Irrebatibles en la Justicia y posibles sin necesidad de apelar a una reforma constitucional. Ahora cuenta, además, con un plafond mucho mayor al que estos años le daba su banca de senadora, así no fuese una senadora común: se lo otorgará su condición de Presidenta de la Nación, jefa del Poder Ejecutivo.
Si bien se mira la legislación vigente, se advertirá que también hay ingresos de funcionarios del Gobierno, los de mayor rango, eximidos del gravamen. Entre otros: el plus por desarraigo, para quienes tienen sus viviendas alejadas de la Capital; premios; "servicios extraordinarios"; pasajes; viáticos y reintegro de gastos. Si todo esto es rendido rigurosamente, tal cual ordenan las normas, cuanto menos sirve para proteger el sueldo formal. Otro concepto liberado son las llamadas "unidades no retributivas", fondos disponibles para incorporar asesores o secretarias.
Es una discusión nunca encarada si, en realidad, los técnicos del Gobierno no debieran recibir una retribución al menos cercana a la que obtendrían, por la misma tarea, en el sector privado. Pero lo cierto es que los ingresos considerados no retributivos -salario en negro, le llaman algunos- están extendidos por todo el sector público, el nacional y los provinciales. No entran en Ganancias, si correspondiera, aunque tampoco cuentan para las jubilaciones futuras.
Lo mismo que sucede en el Gobierno, pasa con los plus que perciben los legisladores. Los usen o no, están eximidos de Ganancias. ¿Se discutirá el paquete completo, cuando se trate alguna ley para los jueces? Diputados y senadores saben que, desde el Poder Judicial, alguien puede plantearlo.
El lema "remuneración es toda" rige la ley que incorporará los tickets al salario de los trabajadores, conservando sus actuales ingresos de bolsillo. Puesto así, el concepto acaso pueda ser extendido a algunos de los extras que cobran funcionarios y legisladores y a los sueldos no retributivos que reciben miles de empleados públicos de todo el país.
Sin embargo, hay otras exenciones al impuesto que permanecen en pie y sobre las cuales el debate suena en boca de pocos. En esa nómina aparecen las ganancias financieras obtenidas con la transacción de títulos públicos y cierto tipo de créditos, las rentas derivadas de la venta de acciones, los dividendos distribuidos por sociedades y empresas y los intereses de los plazos fijos.
Bastante antes de ahora y hace poco, varios funcionarios consideraron la posibilidad de gravar al menos una parte de estas operaciones financieras. Por las razones que fuesen, nunca encontraron respaldo en el poder político. En fin, puede ocurrir que, en medio del debate, alguien empuje un proyecto más amplio que la reforma planteada para los jueces. (CLARÍN)