Incorporan los "Bonos Brady" a la reestructuración de la deuda
El Ministerio de Economía por Resolución 809/2010 publicada hoy en el Boletín Oficial incluyó en la reestructuración de la deuda del Estado Nacional, instrumentada en los bonos denominados “Discount Bonds” Serie L.
Dispuso la reestructuración de los bonos "Discount Bonds" y "Par Bonds", denominados en dólares estadounidenses y en marcos alemanes, en conjunto los "Bonos Brady", emitidos en el marco del “Plan Financiero de la República Argentina 1992”, que no fueron presentados en el canje del 9 de diciembre de 2004.
Serán presentados en una operación de canje nacional e internacional por los nuevos instrumentos representativos de deuda que se emiten.
Se dispone la emisión, por hasta las sumas necesarias para dar cumplimiento a la medida, en una o varias series, de los instrumentos denominados “Bonos Internacionales de la República Argentina con descuento en dólares estadounidenses 8,28% 2033” y “Bonos Internacionales Globales de la República Argentina en dólares estadounidenses 8,75% 2017” y de la segunda serie de los instrumentos derivados denominados “Valor Negociable Vinculado al PBI” denominados en dólares estadounidenses, cuya ley aplicable es la de la Ciudad de Nueva York, Estados Unidos.
Se designa a Bondhokder Communications Grup (en adelante “Bondcom”) como Agente de Identificación, Información, Canje y Tabulación, y a Wilmington Trust FSB (en adelante “Wilmington”) como Agente de Custodia, a los fines de llevar a cabo la operación de canje.
En los considerandos expresa que los “Bonos Brady” no pudieron ser incluidos en el canje dispuesto por el Decreto Nº 563/10, en virtud de que las garantías de los mismos se encuentran afectadas por medidas cautelares dispuestas por una Corte del Distrito Sur de la Ciudad de Nueva York, en el marco de un litigio iniciado por el fondo llamado “Capital Ventures International (CVI)”, lo que hacía que fuera sumamente complejo incluir en dicho canje los “Bonos Brady” sin condicionar el normal desarrollo del mismo a los plazos necesarios para resolver la situación de las citadas garantías.
Agrega que, en tal sentido, con el objeto de darle continuidad al proceso de reestructuración comenzado el corriente año y así seguir consolidando la situación financiera del Estado Nacional y de normalizar las relaciones con los acreedores, se ha considerado conveniente llevar a cabo un proceso de canje exclusivo para los “Bonos Brady” que contemple los plazos y las acciones necesarias para resolver la situación de las citadas garantías, para lo cual, paralelamente a la definición de una estrategia de canje de los Bonos Brady, los representantes legales de la Argentina en los Estados Unidos están llevando adelante una presentación judicial tendiente a lograr que las medidas referidas se resuelvan favorablemente al país.
Expresa además que el perfeccionamiento de la operación de canje que por medio de la presente medida se propicia estará condicionada a la aprobación vía asambleas de tenedores de las enmiendas a los “Convenios de Prenda en Garantía” (“Collateral Pledge Agreements”) celebrados por la Argentina y el Federal Reserve Bank of New York, de fecha 7 de abril de 1993, tanto para los “Bonos Brady” denominados en dólares estadounidenses como para los denominados en marcos alemanes y de la enmienda del “Convenio de Agencia Financiera” (“Fiscal Agency Agreement”) suscripto entre la Argentibna y Citibank N.A., de fecha 7 de abril de 1993, para los “Bonos Brady” denominados en marcos alemanes, a la cancelación de los Títulos Elegibles el Citibank N.A. en su carácter de Agente Fiscal de los “Bonos Brady”.