GANANCIAS Y BIENES PERSONALES - PERSONAS FÍSICAS

La AFIP prorrogó el plazo para presentar la declaración jurada de abril

Durante los meses de abril, mayo y junio (este último mes sólo para el caso de los trabajadores asalariados que tienen ingresos superiores a los 144.000 pesos anuales), vencen los Impuestos a las Ganancias – Personas Físicas y Sucesiones Indivisas – y sobre los Bienes Personales.

Los contribuyentes que sean Personas Físicas sin tenencia de acciones deberán hacer efectivo el pago correspondiente durante el mes de abril, pero podrán presentar su declaración jurada en un lapso que va del 12 al 16 de mayo, según la terminación de su CUIT .

Así consta en el comunicado Nº 2232 con fecha 03 de abril de 2008 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.)