La Cámara Laboral resolvió que el aguinaldo no debe ser incluido en las indemnizaciones por despido

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en un plenario con voto dividido, resolvió que el aguinaldo y los premios o bonificaciones salariales que no sean periódicos no deben incluirse en los cálculos para determinar una indemnización por despido, informaron hoy fuentes judiciales.

Así lo resolvió el tribunal en un plenario convocado en una demanda contra el Banco Central de la República Argentina (BCRA) para unificar los criterios de la Sala, señalaron los voceros.

Una mayoría de 13 jueces de la Cámara -de un total de 18- consideró que el sueldo anual complementario (SAC) no debe ser incluido en las indemnizaciones ya que el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) establece que el pago por despido o antigüedad se realiza en base a "la mejor remuneración mensual, normal y habitual", requisitos que no cumple el SAC.

Con los mismos argumentos se rechazó incluir las bonificaciones especiales que reciben los trabajadores, en caso de que se descarte un supuesto fraude a la ley laboral por parte del empleador, añadieron las fuentes.

"No corresponde incluir en la base salarial prevista en el primer párrafo del artículo 245 de la LCT, la parte proporcional del sueldo anual complementario", resolvió la mayoría que compartió el criterio del fiscal de la Cámara, Eduardo Alvarez.

Los camaristas que votaron por esa postura fueron Ricardo Guibourg, Miguel Pirolo, Elsa Porta, Miguel Maza, María García Margalejo, Beatriz Inés Fontana, Graciela González, Héctor Guisado, Juan Morando, Julio Vilela, Oscar Zas, Gabriela Vázquez y Luis Catardo.

En tanto, cinco magistrados de la Cámara consideraron que el aguinaldo y las bonificaciones sí deben ser incluidas para calcular las indemnizaciones. Ese criterio fue votado por Estela Ferreirós, Daniel Stortini, Alvaro Balestrini, Juan Carlos Fernández Madrid y Néstor Rodríguez Brunengo.(DyN)