JUDICIAL | ART
La Justicia rechazó el reclamo por "accidente laboral" de un empleado que fue asaltado camino al trabajo
La Cámara Laboral entendió que la empresa empleadora "no ha ejercido sobre los delincuentes un poder autónomo de gobierno" por lo que desestimó el planteo del trabajador y lo condenó a pagar las costas del juicio.
Un empleado que fue asaltado y golpeado cuando iba camino al trabajo no logró que la Justicia haga lugar a su reclamo por "accidente laboral" y deberá pagar las costas del juicio. La Sala 8 de la Cámara Laboral decidió desestimar el planteo del empleado, que se desempeñaba en una empresa que ofrece servicios de limpieza.
El trabajador basó su reclamo en lo que establece la Ley 24.557 sobre "Riesgos del Trabajo". Pero los jueces Luis Catardo y Juan Carlos Morando citaron en su fallo al Código Civil, que establece que "quien tiene el deber de resarcir el daño causado por la cosa o por el riesgo o vicio de ella, es su dueño o guardián".
En ese sentido, los camaristas señalaron que la empresa de limpieza "no ha ejercido sobre los delincuentes un poder autónomo de gobierno que le permita hacer valer las prerrogativas de control, dirección o vigilancia, lo que excluye el presupuesto de operatividad de este supuesto de responsabilidad".
"No hay un acto, omisión, negligencia o actividad que hayan desarrollado para provocar, o en su caso evitar, el lamentable hecho delictivo", concluyeron los jueces.
(Fuente: DyN - CLARÍN)